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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 13 de noviembre de 2013 Pág. 44190

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (608/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber:

«Sentencia nº 238/2013.

Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2013

Vistos por Carolina Nores Díaz, magistrada jueza en comisión de servicio del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos de juicio nº 608/2013 seguidos a instancia de Beatriz Gómez Reino, representada por la letrada Rosa Martínez Ferreiro, contra la entidad Xestunor, S.L. y el Fogasa, que no comparecen pese a estar debidamente citados, sobre despido objetivo.

Fallo:

1. Estimo la demanda sobre despido formulada por Beatriz Gómez Reino, representado por la letrada Rosa Martínez Ferreiro, contra la entidad Xestunor, S.L. y el Fogasa, que no comparecen pese a estar debidamente citados, sobre despido objetivo, y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, con condena de la empresa indicada a que readmita inmediatamente a la trabajadora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación (calculados a razón de 18,57 €/día) o, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

Dicha opción deberá ejercitarse en cinco días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término, sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2. La indemnización, según lo dispuesto en el número anterior, sería de 5.311,02 €.

3. No ha lugar a condenar en esta instancia al Fogasa, sin perjuicio de su responsabilidad en los términos del artículo 33 del ET.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de cinco días contados desde el siguiente al de su notificación.

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por la misma jueza que la suscribe. Doy fe».

Y para que sirva de citación a la demandada Xestunor, S.L. se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la provincia y colocación en el tablón de anuncios.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2013

La secretaria judicial