Intentadas las notificaciones personales y devueltas por el servicio de Correos al resultar imposible su práctica, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJ-PAC), por la presente resolución se pone en conocimiento de las personas titulares de los expedientes relacionados en el anexo a esta resolución que la Dirección General del Igape acordó iniciar el procedimiento de incumplimiento total de las condiciones impuestas en las resoluciones de concesión de las ayudas otorgadas, al objeto de determinar el alcance del incumplimiento, que podría dar lugar a la revocación de las ayudas concedidas, y suspender los pagos en aquellos expedientes que ya hubiesen presentado la solicitud de cobro, hasta que se dicten las resoluciones que pongan fin a los procedimientos de incumplimiento.
Los actos objeto del presente anuncio no se publican en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 61 de la LRJ-PAC. Se concede a los titulares de los expedientes un plazo de quince días hábiles desde la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar alegaciones a fin de justificar la no procedencia de estos presuntos incumplimientos. Asimismo, las resoluciones de retención de pago agotan la vía administrativa y, contra las mismas, los titulares de los expedientes en los que se acordó esta suspensión podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. No obstante, previamente podrán interponer recurso de reposición ante la Dirección General del Igape, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución. Los expedientes se ponen de manifiesto a los interesados en este centro directivo, sito en Santiago de Compostela, Complejo Administrativo San Lázaro, s/n.
Santiago de Compostela, 11 de octubre de 2013
Javier Aguilera Navarro
Director general del Instituto Gallego de Promoción Económica
ANEXO
Nº expediente |
Nombre/razón social |
Programa de ayudas |
Fecha de resolución |
Órgano que dicta la resolución |
Notificación |
IG103.2007.2.83 |
Maderas Santarrita Carpintería General, S.L. |
Ayudas a proyectos de inversión tecnológica de las pymes (Resolución de 9 de marzo de 2007, DOG núm. 59, de 23 de marzo, y Resolución de 5 de noviembre de 2007, DOG núm. 220, de 14 de noviembre) |
27.6.2013 |
Dirección General del Igape |
Acuerdo de inicio de expediente de incumplimiento total y resolución de retención de pagos |
IG107.2008.1.113 |
Atiochan, S.L. |
Ayudas a proyectos empresariales de nuevos emprendedores (Resolución de 12 de marzo de 2008, DOG núm. 55, de 18 de marzo) |
18.9.2013 |
Dirección General del Igape |
Acuerdo de inicio de expediente de incumplimiento total y resolución de retención de pagos |
IG110.2011.1.383 |
Creaciones Elen P.V., S.L. |
Ayudas a la participación en eventos expositivos y promocionales internacionales celebrados fuera de Galicia (Resolución de 31 de enero de 2011, DOG núm. 22, de 2 de febrero) |
2.8.2013 |
Dirección General del Igape |
Acuerdo de inicio de expediente de incumplimiento total y resolución de retención de pagos |
IG158.2010.1.7 |
(Estructuras Envolventes, S.L. 60 %; Alumat Accesorios, S.L. 20 %; Arcoven Sistemas, S.L. 20 %) |
Ayudas a la primera implantación promocional conjunta en el exterior-Plan Primex (Resolución de 6 de abril de 2010, DOG núm. 67, de 12 de abril) |
31.7.2013 |
Dirección General del Igape |
Acuerdo de inicio de expediente de incumplimiento total y resolución de retención de pagos |
IG172.2011.1.221 |
Padel One Internacional, S.L. |
Ayudas a marketing, comunicación, imagen y marca (Resolución de 31 de enero de 2011, DOG núm. 22, de 2 de febrero) |
24.9.2013 |
Dirección General del Igape |
Acuerdo de inicio de expediente de incumplimiento total y resolución de retención de pagos |