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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 205 Viernes, 25 de octubre de 2013 Pág. 42147

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2013 por la que se conceden las ayudas convocadas por la Orden de 2 de julio de 2013, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para proyectos de investigación desarrollados por investigadores emergentes y se procede a su convocatoria para el año 2013.

La Orden de 2 de julio de 2013 (DOG de 8 de julio) convocó las ayudas para proyectos de investigación desarrollados por investigadores emergentes para el año 2013, en régimen de concurrencia competitiva.

Finalizada la tramitación establecida en la convocatoria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la orden de convocatoria, y atendiendo al informe-propuesta elevado por la Comisión de Selección a través de la Secretaría General de Universidades, esta consellería

RESUELVE:

Primero. Conceder a las universidades del Sistema universitario de Galicia las ayudas que a continuación se relacionan (con indicación del investigador destinatario y la duración del proyecto subvencionado) para el desarrollo de los proyectos presentados y en la cuantía que se indica en cada caso.

Nº expte.

Solicitante

Universidad

2013

2014

2015

2016

Fecha
de inicio

Fecha de fin

EM2013/017

Alonso Gómez, José Lorenzo

Uvigo

6.000

24.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/018

Alonso Vega, María Flora

Uvigo

6.000

26.000

33.000

33.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/003

Álvarez Fernández, María Inés

Uvigo

17.000

37.200

42.800

0

8.8.2013

30.11.2015

EM2013/040

Antelo Martínez, Juan

USC

6.000

29.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/030

Arines Pifirrer, Justo

USC

9.200

9.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/019

Ayán Pérez, Carlos Luis

Uvigo

6.000

36.200

14.800

5.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/046

Barbosa Fernández, Silvia

USC

6.000

44.200

44.800

3.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/016

Costoya Ramos, María Cristina

UDC

12.000

22.200

39.800

10.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/012

Diz Ferreiro, Paula

Uvigo

10.000

33.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/020

Domínguez Seoane, Marta

VIGO

20.000

47.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/039

Fernández Domínguez, Beatriz

USC

6.000

37.200

48.800

6.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/051

Fernández Rodríguez, Nuria

UDC

6.000

25.200

43.800

22.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/032

Freire Iribarne, Félix Manuel

USC

14.000

38.200

44.800

0

8.8.2013

30.11.2015

EM2013/042

García Fuentes, Marcos

USC

8.000

43.200

27.800

18.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/005

González Jorge, Higinio

Uvigo

22.000

47.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/009

Gosset, Anne Marie Elisabeth

UDC

6.000

18.200

47.300

28.500

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/036

Gulías Costa, Moisés

USC

6.000

49.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/038

López Martínez, Paula

USC

6.000

25.200

32.800

34.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/013

Loveira Pazó, Rosa María

Uvigo

20.000

18.200

22.800

19.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/021

Mouriño Carballido, Beatriz

Uvigo

13.000

58.200

19.800

0

8.8.2013

30.11.2015

EM2013/037

Pardo Castro, Víctor

USC

6.000

43.200

37.800

12.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/002

Paredes Galán, Ángel

Uvigo

6.000

28.200

39.800

3.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/041

Pichel Campos, Juan Carlos

USC

6.000

50.200

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/052

Prieto Aneiros, Andrés

UDC

6.000

23.200

39.800

30.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/004

Rial Otero, Raquel

Uvigo

7.000

28.200

38.800

14.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/011

Sangiao Alvarellos, Susana

UDC

9.000

31.200

36.800

19.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/056

Sanjurjo Sánchez, Jorge

UDC

6.000

26.000

0

0

8.8.2013

30.11.2014

EM2013/023

Teira González, Eva

Uvigo

11.000

23.200

50.800

13.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/031

Vázquez Verdes, Pedro

USC

7.300

32.200

38.800

20.000

8.8.2013

8.8.2016

EM2013/029

Villasante Larramendi, Carlos Sebastián

USC

12.000

39.200

41.800

0

8.8.2013

30.11.2015

Segundo. Las solicitudes no incluidas en la resolución de concesión se entenderán denegadas o desestimadas.

Tercero. Los beneficiarios deberán remitir a la Secretaría General de Universidades un escrito de aceptación de la ayuda en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el DOG. La no aceptación de la ayuda en el plazo indicado implicará la renuncia a la misma y se procederá conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Cuarto. La subvención será librada a través de la universidad a la que pertenezca el destinatario, de acuerdo con la normativa vigente.

Para poder proceder al libramiento de los fondos será preciso que la universidad correspondiente expida, en la fecha límite de 30 de noviembre del ejercicio correspondiente a la anualidad de que se trate, la certificación expresiva de la realización del gasto y del pago acompañada de un informe de seguimiento, firmado por el/la investigador/a solicitante del proyecto, en el que se detalle el logro de los objetivos del proyecto. Este informe podrá ser anual o final. El informe final deberá ser entregado en formato papel y digital y se acompañará de las separatas o documentos que demuestren los resultados generados por el proyecto.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 31.7 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 11.e) del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, la obligación de presentar la certificación del cumplimiento de las obligaciones con la Administración pública de la comunidad autónoma, con la Administración del Estado y con la Seguridad Social, será sustituida por una declaración responsable de cada universidad de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración.

Según lo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin haberse presentado ante el órgano administrativo competente, éste requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de diez días la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Para efectuar el último pago, el beneficiario presentará una declaración complementaria del conjunto de las ayudas solicitadas, tanto de las aprobadas o concedidas como de las pendientes de resolución, para el mismo proyecto de las distintas administraciones públicas competentes o de sus organismos, entes o sociedades.

Quinto. El incumplimiento por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la orden de la convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.

Sexto. Contra esta resolución que agota la vía administrativa los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de octubre de 2013

Jesús Vázquez Abad
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria