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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 24 de octubre de 2013 Pág. 41944

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2013 por la que se conceden subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a proyectos de energías renovables, con financiación procedente de fondos comunitarios derivados del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013, incluidos en la convocatoria efectuada mediante Resolución de 9 de abril de 2013 (Diario Oficial de Galicia número 76, de 16 de abril).

Antecedentes.

1. En la referida Resolución de 9 de abril de 2013, por la que se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para este ejercicio a proyectos de energías renovables (en adelante, bases reguladoras), se establece la posibilidad de solicitar ayudas –entre otras– en las siguientes tecnologías previstas en su anexo I:

Concepto

Código de procedimiento

Energía solar térmica

IN421A

Energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas

IN421C

Calderas de biomasa

IN421D

2. Teniendo en cuenta el carácter dinámico que se otorga al procedimiento administrativo de concesión, una vez confirmada la reserva de fondos y la posterior presentación en plazo de las solicitudes ya formalizadas, se verificó que tanto su documentación como los proyectos técnicos cumplen con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Consideraciones legales.

1. El Departamento de Secretaría y Servicios Generales del Instituto Energético de Galicia será el órgano competente para la instrucción del procedimiento administrativo de concesión de las subvenciones y corresponde al director de este organismo dictar las diferentes resoluciones que se deriven del mismo (artículo 12.1 de las bases reguladoras).

2. Todas las resoluciones serán notificadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Con carácter general, no se enviarán notificaciones postales y, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) de la indicada ley, en el caso de las resoluciones de concesión, se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Inega (www.inega.es). En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, los beneficiarios, las cantidades concedidas y la finalidad de las subvenciones otorgadas. Con la publicación en el DOG se remitirá a los beneficiarios a que consulten la información detallada de la resolución a través del tablón electrónico de anuncios habilitado a estos efectos en la referida página web.

3. La concesión de las subvenciones se efectuará respetando el orden riguroso de la reserva de fondos realizada a través de la aplicación informática y, después de presentar la solicitud y la totalidad de la documentación administrativa y técnica prevista en el artículo 7.5 de las bases reguladoras, sin perjuicio de la posterior revisión por la Comisión Técnica de tales documentos, que podría dar lugar, en su caso, a la modificación de la ayuda en la resolución de concesión (artículos 7.1.a) y 10 de las bases reguladoras).

4. Las presentes ayudas cuentan con financiación procedente del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en un 52 %, en el marco del programa operativo Feder-Galicia 2007-2013, eje 4, tema prioritario 40 y 41.

5. En este procedimiento sólo se tienen en cuenta aquellos hechos, alegaciones o pruebas aducidos por los propios interesados.

6. Para determinar el importe de la inversión subvencionada o el coste elegible y fijar la cuantía máxima de ayuda, se atendió a los criterios recogidos en el anexo I de las bases reguladoras («Normas por tecnología aplicada»).

7. Salvo en aquellos supuestos en que los beneficiarios son particulares o instituciones que no desarrollan actividades económicas que repercutan en terceros, se estuvo a lo dispuesto en el artículo 23 y concordantes del Reglamento (CE) número 800/2008, de 6 de agosto, de la Comisión, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE (DOUE L 214, de 9 de agosto), concretamente para la siguiente categoría exenta: ayudas a la inversión para la protección del medio ambiente destinadas a la promoción de energía procedente de fuentes de energía renovables.

8. Tal y como dispone el artículo 14 de las bases reguladoras, todas las ayudas concedidas implican la aceptación por parte de sus destinatarios para que sean incluidos en la lista pública de beneficiarios prevista en los artículos 6 y 7.2.d) del Reglamento (CE) de la Comisión, de 8 de diciembre de 2006 (DOUE L 371, de 27 de diciembre).

Asimismo, como beneficiarios de ayudas que cuentan con financiación comunitaria, deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad establecidas en los artículos 8 y 9 del citado reglamento y en el artículo 1, apartados 1) y 2), del Reglamento (CE) de la Comisión, de 1 de septiembre de 2009 (DOUE L 250, de 23 de septiembre).

De acuerdo con todo lo anterior, y dentro del plazo previsto en el artículo 13 de las bases reguladoras, esta dirección

RESUELVE:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las ayudas concedidas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 08.A2.733A.781.7/08.A2.733A.771.7 /
08.A2.733A.781.8/08.A2.733A.771.8/08.A2.733A.781.1 y 08.A2.733A.771.6, en las distintas tipologías que aparecen recogidas en el anexo de esta resolución.

Segundo. Todos los beneficiarios podrán obtener la información detallada de los requisitos de la subvención concedida, accediendo al tablón electrónico con el usuario y contraseña del solicitante a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas, desde la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), en el apartado «Ayudas a instalaciones energías renovables 2013».

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de las bases reguladoras, si transcurriesen diez (10) días hábiles desde la publicación de esta resolución en el DOG sin que los interesados que figuran en el anexo comunicasen expresamente su renuncia a la subvención, se entenderá que aceptan y, desde ese momento, adquirirán la condición de beneficiarios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Santiago de Compostela, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente a su publicación o notificación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Con carácter previo y potestativo se podrá interponer recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un (1) mes contado del mismo modo, tal y como disponen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno.

Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2013

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia

ANEXO
Subvenciones concedidas

IN421A – grupo I: energía solar térmica (eje 4, medida 40).

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.7.

Código de
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421A/13R478

76544016Q

Nilo López Martínez

10.769,00

3.404,92

IN421A/13R505

36051080Y

Isidro Pazos Comesaña

4.500,00

2.043,00

IN421A/13R529

33858499S

José Ramón Flores Seijas

3.107,25

1.075,14

IN421A/13R534

34557498K

María Carmen Vázquez Diéguez

2.018,64

456,98

IN421A/13R538

34589816R

Ester Vázquez Diéguez

2.018,64

456,98

IN421A/13R567

32767345G

Rafael Señarís González

3.501,00

1.683,00

IN421A/13R573

76805340Z

Bernardino Seijas Calviño

7.024,80

1.417,50

IN421A/13R594

76845871L

Ramón Meixus López

7.220,00

2.250,00

IN421A/13R598

32786548W

María Teresa Saavedra Cruz

4.603,00

1.292,58

IN421A – grupo I: energía solar térmica (eje 4, medida 40).

Beneficiarios: empresas privadas.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.771.7.

Código de
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421A/13R424

E27418706

Hotel Villajardín, C.B.

8.358,41

3.315,11

IN421A/13R468

B70294624

Intermax Technology, S.L.

17.002,00

8.659,03

IN421A/13R519

B15638380

Camino Santo, S.L.

38.814,00

10.493,28

IN421C – grupo III: energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas (eje 4, medida 40).

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.8.

Código de
solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión
sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421C/13R269

33246518H

Antonio Deán Pouso

18.146,00

5.292,00

IN421C/13R279

34279392P

Indhira Buenaventura Félix Taveras

4.721,00

610,00

IN421C/13R280

36045811G

Manuel Ángel Pérez Martínez

10.995,00

3.528,00

IN421C – grupo III: energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas (eje 4, medida 40).

Beneficiarios: empresas privadas.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.771.8.

Código de solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421C/13R87

76599063R

Marisol Vilariño Páez

12.030,00

6.480,00

IN421C/13R99

B36463446

Escanarent, S.L.

74.880,00

20.000,00

IN421C/13R101

B36225522

Redarse, S.L.

35.328,00

12.672,00

IN421D – grupo IV: calderas de biomasa (eje 4, medida 41).

Beneficiarios: familias e instituciones sin ánimo de lucro.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.781.1.

Código de

solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421D/13R305

34254737D

Antonio Goyanes Ledo

3.480,00

1.020,00

IN421D/13R1306

G36348431

Escola Infantil Elfos

21.513,00

1.750,00

IN421D/13R1370

32774053L

Berta Herrero Vilas

3.662,99

1.254,04

IN421D/13R1377

33835889Z

Gerardo Chousa Díaz

7.100,00

2.500,00

IN421D/13R1504

78793535C

Pablo Manuel Agrafojo Pedrosa

4.943,00

1.280,00

IN421D/13R1520

76412994W

Vidal Pico Fernández

5.800,00

1.200,00

IN421D/13R1529

33674502H

Jesús Vicente Ferreiro López

9.964,00

1.600,00

IN421D/13R1533

46900797W

Iván Rivas Fachal

5.390,00

1.992,00

IN421D/13R1563

34895711L

Roque Manuel Barros Souto

2.677,08

600,00

IN421D/13R1611

76289200V

José Boquete Suárez

6.765,00

2.400,00

IN421D/13R1635

44091710C

Carlos Mazaira Fafián

2.138,25

700,00

IN421D/13R1638

32774054C

María de las Mercedes López Varela

2.983,73

600,00

IN421D/13R1648

35548938T

Manuel Gil Prieto

7.466,00

2.560,00

IN421D/13R1703

G32144669

Asociación Aixiña

100.500,00

24.080,00

IN421D/13R1707

76698522P

Lorenzo Prieto Blanco

5.000,00

1.992,00

IN421D/13R1711

32422714M

Luis Alberto Landeira Lourido

5.580,00

2.000,00

IN421D/13R1718

X0267789T

José Augusto Rodrigues Pereira

4.503,08

1.800,00

IN421D/13R1731

35539335B

Francisco Javier Castro Negro

4.032,25

1.518,06

IN421D/13R1755

37268860M

Rosa María de la Concepción Hernando

5.110,00

1.992,00

IN421D/13R1758

33755260T

María del Carmen Varela Sinde

10.250,00

1.800,00

IN421D/13R1761

78788648D

María Begoña Conde Villar

10.800,00

2.400,00

IN421D/13R1790

45140861A

Graciela Cardenas Castaño

2.958,67

700,00

IN421D/13R1792

32428009X

Pedro Suárez García

11.780,00

1.800,00

IN421D/13R1794

47355957S

Ignacio Lindoso González

4.003,09

1.494,00

IN421D/13R1798

36128963B

Silvia Guimarey Vila

4.988,87

1.992,00

IN421D/13R1800

35413907W

José Luis Fernández Dopazo

5.003,00

1.395,00

IN421D/13R1805

76895430J

María Estrella Amoedo Lago

7.800,00

1.600,00

IN421D/13R1810

35295874M

Margarita Blanco Fernández

8.430,00

1.860,00

IN421D/13R1820

76900487X

Luis Alberto Santísima Trinidad Lago

10.300,00

2.000,00

IN421D/13R1839

76970133N

Alba León Martínez

6.015,49

2.100,00

IN421D/13R1851

76617644K

Pilar Dapena Portomeñe

3.343,00

1.287,02

IN421D/13R1856

35560223S

Jesús Pérez Martínez

5.769,00

1.992,00

IN421D/13R1867

76615688C

María Carmen Parada Jato

3.974,00

1.624,05

IN421D/13R1868

76477046E

Manuel Jesús Carpinteiro Quintas

7.950,00

1.320,00

IN421D/13R1881

33234675C

María Isabel Rocío García Río

4.490,00

1.260,00

IN421D/13R1903

52453398N

José Antonio Álvarez Bouzas

8.300,00

1.494,00

IN421D/13R1905

76575198X

José Soto López

5.087,00

2.240,00

IN421D/13R1907

52457076X

Alfonso Otero González

10.150,00

1.236,00

IN421D/13R1919

34597092D

Jorge Abadín Pérez

4.379,00

1.992,00

IN421D/13R1920

76614245A

Jesús Mazaira Vázquez

6.024,00

2.804,13

IN421D/13R1923

34255758H

José Alfonso Viana Mejuto

3.454,00

1.374,32

IN421D/13R1942

35448690D

Manuel Ferreiro Maneiro

3.153,55

1.100,00

IN421D/13R1945

79335532E

Juan Jesús Pernas Barallobre

7.388,00

2.400,00

IN421D/13R1946

33825101J

Marina García Cendán

5.945,00

1.395,00

IN421D/13R1961

34907615D

Miguel Ángel Jesús Álvarez González

4.690,00

1.200,00

IN421D/13R1970

35809604F

Jesús Mª Estévez Sánchez

4.324,00

800,00

IN421D/13R1973

33234521G

Julio Abel Fernández López

6.790,00

2.400,00

IN421D/13R1978

76396889C

Aquilino Calvo Franco

3.830,00

1.320,00

IN421D/13R1981

34713633D

Serafín Fernández Ares

5.554,75

2.100,00

IN421D/13R1984

35321413Z

Antonio Mesego Pazos

4.800,00

1.680,00

IN421D/13R2001

33282322B

Óscar Manuel Pereira Romero

4.398,00

1.250,00

IN421D/13R2003

34180230E

María Manuela García Arias

5.301,00

1.992,00

IN421D/13R2010

34195309J

Gabino-Nonito Vázquez Cabana

4.834,00

1.992,00

IN421D/13R2017

33833617L

Federico Freire Fernández

6.616,59

2.975,00

IN421D/13R2019

33223455R

Xosé Lois Agrelo Hermo

7.293,00

2.400,00

IN421D/13R2022

33803458J

María Divina García Morán

6.106,59

1.992,00

IN421D/13R2033

34223933W

Antonio Jesús Ferreiro Lamas

8.599,00

1.565,00

IN421D/13R2049

34210646D

Erundina Rodríguez López

5.143,00

1.992,00

IN421D/13R2050

33860306M

José Folgueira Crecente

6.128,00

1.992,00

IN421D/13R2056

33214809A

Antonio Carril Barcia

5.250,00

2.400,00

IN421D – grupo IV: calderas de biomasa (eje 4, medida 41).

Beneficiarios: empresas privadas.

Aplicación presupuestaria: 08.A2.733A.771.6.

Código de

solicitud

NIF

Datos del solicitante

Inversión

sin IVA (€)

Subvención (€)

IN421D/13R1400

77403409Z

Alberto Hermida Taboada

6.590,00

1.650,00

IN421D/13R1468

B36548915

Arbogal 2007, S,L.

7.190,00

1.650,00

IN421D/13R1512

B15204738

Foncafer, S.L.

30.249,20

4.340,00

IN421D/13R1746

A15555360

Iniciativas y Desarrollo Inmobiliario y de Arquitectura, S.A.

28.303,00

8.960,00

IN421D/13R1762

34896698V

Alberto Barbeito Barallobre

8.940,00

3.000,00

IN421D/13R1864

33267229Y

José Antonio Francos Carnota

11.733,00

2.700,00

IN421D/13R1904

33257312W

Rosa María Tubío González

3.277,68

900,00

IN421D/13R1916

33998649A

Francisco José Cancio Villamil

6.755,00

1.250,00

IN421D/13R1928

B45519659

Gestión Geriátrica Parada de Sil, S.L.

32.566,00

8.960,00

IN421D/13R1929

B27323302

Casa Colmenares, S.L.

12.915,00

4.550,00

IN421D/13R2037

33313974S

Rodolfo Óscar Lage Díaz

12.410,00

4.199,00