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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Viernes, 11 de octubre de 2013 Pág. 40439

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

ORDEN de 7 de octubre 2913 por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2013 por la que se aprueban las bases que rigen las subvenciones destinadas a las entidades locales de Galicia para la realización de actividades dirigidas a la juventud, para la promoción de la información juvenil y para la incorporación de la juventud a las nuevas tecnologías durante el año 2013, y se procede a su convocatoria.

Con fecha de 3 de julio de 2013 se publicó, en el Diario Oficial de Galicia nº 125, la Orden de 26 de junio de 2013 por la que se aprueban las bases que rigen las subvenciones destinadas a las entidades locales de Galicia para la realización de actividades dirigidas a la juventud, para la promoción de la información juvenil y para la incorporación de la juventud a las nuevas tecnologías durante el año 2013, y se procede a su convocatoria.

El plazo establecido para la realización de las actividades objeto de subvención, es decir, el período de actividad subvencionable, se extiende desde el 1 de enero hasta el 15 de octubre de 2013 (artículo 4 de la orden de convocatoria) y el plazo para justificar las actividades realizadas finaliza el 20 de octubre de 2013 (artículo 14 de la citada orden).

Los tiempos necesarios en el procedimiento de tramitación de solicitudes, incluyendo numerosos requerimientos de documentación complementaria a la inicialmente presentada, sumado a la tardía publicación de la convocatoria, que debido a las fechas de aprobación de la ley de presupuestos se realizó más tarde que en otras ocasiones, hacen prever que la resolución de la convocatoria va a sufrir también el correspondiente retraso, por lo que el plazo de justificación establecido en la orden resultará de difícil cumplimento para las entidades locales destinatarias de las ayudas.

Por ello, con el fin de garantizar la mayor eficacia posible de la convocatoria de las referidas subvenciones, es procedente ampliar el citado plazo por un período que permita alcanzar los objetivos previstos, no afectando esta modificación al período de actividad subvencionable ni al plazo para presentación de solicitudes.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas

DISPONGO:

Artículo 1

Se amplía hasta el 15 de noviembre de 2013 el plazo que, para la presentación de la documentación justificativa de la ejecución del proyecto subvencionado, se prevé en el artículo 14 de la Orden de 26 de junio de 2013 por la que se aprueban las bases que rigen las subvenciones destinadas a las entidades locales de Galicia para la realización de actividades dirigidas a la juventud, para la promoción de la información juvenil y para la incorporación de la juventud a las nuevas tecnologías durante el año 2013, y se procede a su convocatoria.

Artículo 2

La ampliación establecida en el artículo anterior no afectará al período de actividad subvencionable establecido en el artículo 4 de la orden de convocatoria, que seguirá teniendo su término a día 15 de octubre, ni afectará a los plazos previstos en la citada orden para la presentación de solicitudes.

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 7 de octubre de 2013

Beatriz Mato Otero
Conselleira de Trabajo y Bienestar