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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 191 Lunes, 7 de octubre de 2013 Pág. 39862

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (609/2011).

José Luis Pérez García, secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento ordinario 609/13 seguido a instancia de Servilease, S.A. frente a Bello Moure, S.L., Agustina Moure Costa y Fernando Bello Seoane se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia 122/2013.

Santiago de Compostela, 18 de julio de 2013.

Vistos por Margarita Isabel Poveda Bernal, magistrada jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santiago de Compostela los presentes autos de juicio ordinario 609/2011 seguidos ante este juzgado, entre partes, de una como demandante Servilease, S.A., con procurador Sr. García-Piccoli Atanes y letrado Sr. Pérez Ares, y de otra, como demandados, la mercantil Bello Moure, S.L., Fernando Bello Seoane y Agustina Moure Costa, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad, se dicta esta sentencia en base a los siguientes:

Fallo que, estimando como estimo la demanda interpuesta por Servilease, S.A., con procurador Sr. García-Piccoli Atanes, frente a la mercantil Bello Moure, S.L., Fernando Bello Seoane y Agustina Moure Costa, en rebeldía:

Debo declarar resuelto el contrato de renting celebrado entre las partes el 28 de agosto de 2010.

Debo condenar y condeno a los demandados conjunta y solidariamente a pagar a la actora la cantidad de 6.087,84 euros en concepto de vencimientos impagados, gastos de devolución e intereses hasta el 20 de julio de 2011, más la cantidad de 1.598,37 euros mensuales desde el mes de julio de 2011 hasta que se produzca la devolución del vehículo, más los intereses de demora pactados al 2 % mensual.

Debo condenar y condeno a los demandados a la inmediata restitución del vehículo Audi A6 matrícula 6447 GWD a la parte actora.

Debo condenar y condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales causadas en el presente procedimiento.

Únase la presente al libro registro de sentencias y autos definitivos civiles de este juzgado, y expídase testimonio que se unirá a los autos a que se contrae.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de A Coruña.

El recurso se presentará por medio de escrito en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, Fernando Bello Seoane, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Santiago de Compostela, 18 de julio de 2013

El secretario judicial