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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Viernes, 27 de septiembre de 2013 Pág. 38235

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (243/2012).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 243/2012, de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de María Josefa Arcos Ordóñez contra la empresa Mercado Tropical, S.L., Kilo Grill, S.L. y Districard Santiago, S.L. sobre ordinario, se ha dictado decreto en fecha de 9 de septiembre de 2013, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del decreto:

«Parte dispositiva.

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo el embargo de los siguientes bienes:

– Devoluciones tributarias que la AEAT tenga pendientes de devolver a la parte ejecutada. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial a través de la cuenta de consignaciones judiciales.

– Saldos de las cuentas bancarias que, según los datos existentes en la aplicación informática, posea a su favor la entidad ejecutada, en cuanto sean suficientes para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, lo que se llevará a efecto a través del punto neutro judicial.

– La cantidad sobrante de la ejecución de títulos judiciales 72/2012, que asciende a la suma de 1.004,04 euros, y transferirla a la cuenta de depósitos y consignaciones nº 5076/0000/64/0243/12.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del artículo 53.2 de la Ley de jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

La cuenta de consignaciones del órgano judicial a efectos de pago será la siguiente: cuenta nº 5076 0000 64 0243 12. Se deberá indicar en el campo concepto de pago.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artículo 186 de la LPL.

El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta 5076 abierta en Banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación «Recurso» seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

La secretaria judicial».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación a Mercado Tropical, S.L., Kilo Grill, S.L. y Districard Santiago, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 9 de septiembre de 2013

La secretaria judicial