Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 182 Martes, 24 de septiembre de 2013 Pág. 37743

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

CORRECCIÓN de errores. Orden de 29 de agosto de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para acciones formativas de entidades de iniciativa social y se convocan para el año 2013.

Advertidos errores en la citada orden, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 172, de 10 de septiembre, es necesario efectuar las siguientes correcciones:

En la página 35721, artículo 6, punto quinto, donde dice: «5. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro de la Consellería del Medio Rural y del Mar, en cualquiera de sus dependencias provinciales y oficinas agrarias comarcales o por cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, e irán dirigidas a la conselleira del Medio Rural y del Mar. También, tal como establece el Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes, los interesados podrán iniciar el procedimiento por medios electrónicos en la dirección: www.xunta.es/sede-electronica»; debe decir: «5. Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 da Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, por el que se regula el desarrollo de la administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede de la Xunta de Galicia.

Alternativamente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado con el sello de Correos en la primera hoja del formulario para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.

La documentación complementaria se podrá presentar electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada, según lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes».

En la página 35726, artículo 12, punto cuarto, donde dice: «... la certificación y justificación de la ayuda de cada una de las acciones formativas se realizará dentro de los 15 días siguientes al de su finalización y antes del 30 de septiembre de 2013. Los justificantes de pago de la Seguridad Social del mes septiembre podrán presentarse hasta el 15 de octubre...»; debe decir: «... la certificación y justificación de la ayuda de cada una de las acciones formativas se realizará dentro de los 15 días siguientes al de su finalización y antes del 30 de noviembre de 2013. Los justificantes de pago de la Seguridad Social del mes de noviembre podrán presentarse hasta el 15 de diciembre...».