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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 159 Jueves, 22 de agosto de 2013 Pág. 33858

III. Otras disposiciones

Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2013 por la que se amplían los plazos establecidos en los artículos 2 y 21 de la Resolución de 7 de marzo de 2013 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones de ahorro y eficiencia energética para proyectos de renovación de las instalaciones de iluminación pública exterior existentes en los ayuntamientos de Galicia, en el marco del convenio suscrito entre el IDAE y el Inega el día 3 de julio de 2008 y con financiación en parte procedente de fondos comunitarios derivados del programa operativo Feder Galicia 2007-2013 (DOG núm. 53, de 15 de marzo).

En el Diario Oficial de Galicia nº 132, de 12 de julio de 2013, se publicó la Resolución de 5 de julio de esta dirección por la que se concedieron subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a los proyectos de ahorro y eficiencia energética para la renovación de las instalaciones de iluminación pública exterior existentes (ILE) presentados por las agrupaciones de ayuntamientos mencionadas en el anexo de la resolución, que fue también objeto de una corrección de errores publicada en el Diario Oficial de Galicia nº 137, de 19 de julio de 2013.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de las bases reguladoras de las ayudas, el período de ejecución de las actuaciones subvencionadas estará comprendido entre el día 1 de enero de 2013 y el 30 de septiembre de 2013. Esta última fecha coincide con la prevista en el artículo 21.3 de las mismas bases para que las entidades locales beneficiarias presenten la documentación justificativa de las inversiones.

El artículo 45.3 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 20, de 29 de enero), establece la posibilidad de que el órgano concedente de las subvenciones otorgue, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para presentar la justificación, que no excederá de la mitad de éste y siempre que con eso no se perjudiquen derechos de terceros.

Por otro lado, se remite a lo dispuesto con carácter general en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, publicada en el Boletín Oficial del Estado nº 285, de 27 de noviembre (en adelante, LRJPAC). La ampliación se podrá acordar de oficio o a instancia de parte, antes del vencimiento del plazo de que se trate y si las circunstancias así lo aconsejan.

En el presente procedimiento de concesión de ayudas se están registrando numerosas solicitudes de prórroga por parte de las agrupaciones de ayuntamientos beneficiarias, motivadas por las dificultades existentes para ejecutar y justificar las inversiones subvencionadas en la referida fecha límite de 30 de septiembre de 2013, por cuestiones presupuestarias, de procedimiento de contratación de las obras y la demora en las entregas de materiales por los proveedores.

Por todo lo anterior, sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa anteriormente citada,

DISPONGO:

Primero. Modificar la fecha límite que figura en los artículos 2 y 21.3 de las bases reguladoras previstas, respectivamente, para la ejecución de las actuaciones y la justificación de las inversiones, hasta el día 31 de octubre de 2013.

Segundo Publicar esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), a los efectos previstos en el artículo 59.6.b) de la LRJPAC.

Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.3 de la LRJPAC contra el presente acuerdo no cabe recurso de ningún tipo.

Santiago de Compostela, 8 de agosto de 2013

Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia