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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 155 Miércoles, 14 de agosto de 2013 Pág. 33251

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2013 por la que se modifica la Resolución de 18 de julio de 2013 por la que se anuncia la contratación, por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del servicio de coordinación y apoyo al desarrollo de redes de banda ancha y medidas facilitadoras e incentivadoras del uso de infraestructuras de telecomunicaciones del Plan de banda ancha del marco de la Agenda Digital Europea 2020 (expediente 109/2013).

Advertidos determinados errores en el pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación, por el procedimiento abierto y tramitación ordinaria, del servicio de coordinación y apoyo al desarrollo de redes de banda ancha y medidas facilitadoras e incentivadoras del uso de infraestructuras de telecomunicaciones, del Plan de banda ancha (PDBA) del Marco de la Agenda Digital Europea 2020, publicado en el Diario Oficial de Galicia nº 140, de 24 de julio de 2013, se procede a su corrección.

En la cláusula G) de la hoja de especificaciones del pliego de cláusulas administrativas particulares (valor estimado, presupuesto de licitación y aplicación presupuestaria), donde dice:

«El valor estimado es de 609.900,00 € (seiscientos nueve mil novecientos euros) (contempla las opciones contractuales de modificación que se reserva la Administración y la susceptibilidad de prórroga máxima, de acuerdo con lo previsto en el artículo 88 del TRLSCP).»

Debe decir:

«El valor estimado total de la contratación es de 914.850,00 € (novecientos catorce mil ochocientos cincuenta euros), distribuyéndose según los lotes:

Lote 1: coordinación y apoyo sobre iniciativas vinculadas al despliegue de redes fijas del Plan de banda ancha y medidas facilitadoras e incentivadoras de la demanda: 401.250,00 € (cuatrocientos un mil doscientos cincuenta euros).

Lote 2: coordinación y apoyo sobre iniciativas vinculadas al despliegue de redes sin hilos y análisis del estado del Plan de banda ancha en Galicia: 513.600,00 € (quinientos trece mil seiscientos euros).

Este valor estimado contempla las opciones contractuales de modificación que se reserva la Administración y la susceptibilidad de prórroga máxima, de acuerdo con lo previsto en el artículo 88 del TRLSCP.».

En la cláusula N) de la hoja de especificaciones del pliego de cláusulas administrativas particulares (solvencia y clasificación), donde dice:

Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.1, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante:

Declaraciones adecuadas de entidades financieras emitidas expresamente para la participación en este procedimiento de contratación, o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. En el supuesto de presentar dicho seguro, se considerará solvente el licitador que acredite haberlo suscrito con una entidad aseguradora por un capital equivalente al presupuesto de licitación.

Medios de acreditación de la solvencia técnica.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante:

Relación, sellada y firmada, de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificaciones expedidas o visadas por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una certificación expedida por este, o, a falta de esta certificación, mediante una declaración del empresario. Sólo se tendrán en cuenta, a efectos de acreditar la solvencia, los servicios o trabajos relacionados con el objeto de la presente contratación que aparezcan relacionados y respecto de los cuales se aporten certificaciones o declaración del empresario a que se hace referencia en este apartado. Se reputará solvente el licitador que haya realizado en los tres últimos años por lo menos tres servicios o trabajos, cada uno de ellos de importe igual o superior al valor estimado de esta contratación y que guarden relación con el objeto del contrato.

Debe decir:

Medios de acreditación de la solvencia económica y financiera.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 75.1, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante:

Declaraciones adecuadas de entidades financieras emitidas expresamente para la participación en este procedimiento de contratación, o, si es el caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales. En el supuesto de presentar dicho seguro, se considerará solvente el licitador que acredite haberlo suscrito con una entidad aseguradora por un capital equivalente al valor estimado del(de los) lote(s) al(a los) que presente su oferta.

Medios de acreditación de la solvencia técnica.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 78, letra a) del TRLCSP, se acreditará mediante:

Relación, sellada y firmada, de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificaciones expedidas o visadas por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una certificación expedida por este, o, a falta de esta certificación, mediante una declaración del empresario. Sólo se tendrán en cuenta, a efectos de acreditar la solvencia, los servicios o trabajos relacionados con el objeto de la presente contratación que aparezcan relacionados y respecto de los cuales se aporten certificaciones o declaración del empresario a que se hace referencia en este apartado. Se reputará solvente el licitador que haya realizado en los tres últimos años por lo menos tres servicios o trabajos, cada uno de ellos de importe igual o superior al valor estimado del(de los) lote(s) al(a los) que presente su oferta y que guarden relación con el objeto del contrato.

El plazo de presentación de proposiciones se amplía en 15 días, que se contarán desde la publicación de este anuncio.

Santiago de Compostela, 8 de agosto de 2013

P.D. (Delegación de firma 24.7.2013)
José Luis Somoza Digón
Gerente