Aprobado con carácter inicial en la sesión plenaria ordinaria del día 22.5.2013 la rectificación material del error numérico de la Ordenanza SF-suelo no urbanizable de protección de canales y zonas bajas del Plan general de ordenación municipal de Cedeira en los siguientes términos: «ámbito de aplicación» letra b): debiendo figurar: «...una franja de suelo no urbanizable de protección comprendiendo el canal y sendas fajas de 5,00 m de ancho para su respectiva margen, como zonas de servidumbre de uso público, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento de dominio público hidráulico, último párrafo...»; se somete a información pública por el plazo de dos meses a efectos de alegaciones-sugerencias-reclamaciones.
Cedeira, 19 de junio de 2013
Leopoldo Rubido Ramonde
Alcalde presidente