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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Jueves, 8 de agosto de 2013 Pág. 32083

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 22 de julio de 2013 por la que se amplía la dotación presupuestaria de la Orden de 3 de abril de 2013 por la que se procede a la apertura del plazo para la presentación de la renovación del compromiso por los titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas establecidas en la Orden de 18 de abril de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos (Diario Oficial de Galicia número 79, de 24 de abril).

Mediante la Orden de 3 de abril de 2013 (DOG núm. 70 del jueves, 11 de abril), se procede a la apertura del plazo para la presentación de la renovación de compromiso por los titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas establecidas en la Orden de 18 de abril de 2008 por la que se establecen las bases que regulan las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos (Diario Oficial de Galicia número 79, de 24 de abril).

En su artículo 5.-Financiación, se precisan las aplicaciones presupuestarias y el importe económico previsto para la financiación de dichas ayudas, y, asimismo, que los importes de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia con que se financiarán estas ayudas se podrán incrementar con fondos estatales o autonómicos aportados para tal efecto.

Con el objeto de poder amparar todas las solicitudes en esta línea de ayuda, y puesto que la dotación inicial resulta insuficiente, se aprobaron los correspondientes expedientes de generación y ampliación de crédito, por lo que es necesario, mediante esta orden, ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente para la concesión de las mencionadas ayudas.

En consecuencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 30.1º.3 del Estatuto de autonomía de Galicia, y en el uso de las facultades que me confieren los artículos 14 y 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

1. Se amplía la dotación presupuestaria que se establece en la Orden de 3 de abril de 2013 (DOG núm. 70 del jueves, 11 de abril), por la que se procede a la apertura del plazo para la presentación de la renovación de compromiso por los titulares de explotaciones beneficiarios de las ayudas establecidas en la Orden de 18 de abril de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos (Diario Oficial de Galicia número 79, de 24 de abril).

2. El incremento de la dotación será de 358.000 euros, con cargo a la aplicación 12.22.713C.771.4.

3. La cuantía total para las ayudas que deriven de la aplicación de esta orden es de 595.872 euros con cargo a la aplicación prsupuestaria 12.22.713C.771.4 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2013.

4. En todo caso, la concesión de las ayudas reguladas en dicha orden estará limitada a las disponibilidades presupuestarias.

Disposición adicional única

La ampliación de crédito prevista en el artículo único de esta orden no afecta al plazo de presentación de solicitudes establecido en la mencionada Orden de 3 de abril de 2013.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 22 de julio de 2013

Rosa María Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar