En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 9/2006, de 28 de abril, de evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, se hace pública la decisión de no someter el Plan especial de protección del conjunto de interés etnográfico de Seixalbo, del ayuntamiento de Ourense, al procedimiento establecido en su artículo 7.
Esta decisión se puede consultar en la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en la siguiente dirección de internet:
http://www.cmati.xunta.es/busca-por-palabra-clave, introduciendo el código: 1541/2013.
Santiago de Compostela, 26 de junio de 2013
Justo de Benito Basanta
Secretario general de Calidad y Evaluación Ambiental