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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Jueves, 4 de julio de 2013 Pág. 26718

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (1161/2011).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 1161/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Yassine Naim contra la empresa Ferrecal, S.A., Sanitarios Compostela, S.A., Iglesias Miras, S.L., Climatizaciones Compostela, S.A., José Antonio Montero Vilar, Promociones Raplou, S.L., Fondo de Garantía Salarial, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación.

Secretaria judicial Susana Varela Amboage.

Santiago de Compostela, 26 de marzo de 2013.

Los anteriores escritos de alegaciones presentados por las partes relativos a la petición de archivo del procedimiento por falta de competencia objetiva, únanse a los autos. Confiérase traslado a las partes codemandadas y Fogasa a fin de que en el plazo de dos días aleguen lo que a su derecho convenga respecto a la petición de suspensión del procedimiento por prejudicialidad, solicitada por la parte actora en su escrito de fecha 27 de febrero de 2013.

Requiérase a la parte actora a fin de que en el plazo de dos días aporte copia íntegra de la demanda del procedimiento ordinario 651/2011, presentada ante el juzgado de lo social número 1 a la que alude en su escrito de fecha 27 de febrero de 2013.

A la vista de las alegaciones de las partes demandadas acerca de la posible falta de competencia objetiva de este juzgado, remítanse las actuaciones al Ministerio Fiscal a fin de que en el plazo de tres días emita informe sobre la falta de competencia objetiva de este juzgado.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la codemandada Promociones Raplou, S.L. por hallarse en ignorado paradero, se inserta el presente en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2013

La secretaria judicial