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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Viernes, 28 de junio de 2013 Pág. 25518

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ANUNCIO de 28 de mayo de 2013, de la Dirección General de Administración Local, por el que se da publicidad a los acuerdos de disolución de la Mancomunidad de O Condado.

El artículo 143 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, señala que en los supuestos de disolución de una mancomunidad la iniciativa corresponderá al Pleno de la Mancomunidad, de oficio o la instancia de los ayuntamientos que la constituyen. Este acuerdo se someterá a información pública por el plazo de un mes y a informe de la diputación o diputaciones provinciales respectivas y de la consejería competente en materia de régimen local. Terminado el plazo de exposición pública y recibidos los informes, se someterá el acuerdo de disolución a los plenos de los entes mancomunados, resolviéndose además las alegaciones presentadas al respecto. Dicho acuerdo requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de cada una de las corporaciones de las entidades que integran la Mancomunidad.

Aprobado el acuerdo de disolución por la mayoría de las entidades mancomunadas, el presidente de la Mancomunidad remitirá copia certificada de los acuerdos a la consellería competente en materia de régimen local, para su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y se los comunicará a la Administración central del Estado a los efectos establecidos por la legislación básica de régimen local.

Con fecha 3 de mayo de 2012 se recibió escrito del presidente de la Mancomunidad de O Condado en el que se aporta certificación de los acuerdos plenarios de los ayuntamientos de Ponteareas, Salvaterra de Miño y Salceda de Caselas por los que se aprueba la disolución de la citada entidad local, así como la liquidación del patrimonio y el destino del personal propio.

El Ayuntamiento de Ponteareas, en sesión plenaria de fecha 16 de octubre de 2012, aprobó el acuerdo de «Propuesta de la Alcaldía de fecha 30 de agosto de 2012 al Pleno de la Corporación Municipal. Asunto: disolución de la Mancomunidad de O Condado». Por unanimidad de los miembros presentes acordó:

1º. Prestar aprobación a la disolución de la Mancomunidad de O Condado, en aplicación y a los efectos de cumplimiento de lo previsto en el artículo 143.1.c) de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, y dado que la Mancomunidad del Condado no realiza en la actualidad la prestación de servicios ni los fines para los que fue creada como se recoge en la motivación y acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de 25 de abril de 2012.

2º. a) Aceptar la transferencia/reasignación de los trabajadores de la Mancomunidad que le corresponderían al Ayuntamiento de Ponteareas de acuerdo con los acuerdos de la Junta de Mancomunidad de fechas 25 de abril de 2012 y 25 de junio de 2012, comprometiéndose el Ayuntamiento de Ponteareas a realizar la tramitación oportuna para integrar a dichos trabajadores con el siguiente detalle:

– Ángel Presas Carrera, como funcionario propio del Ayuntamiento, respetando su escala, subescala, clase, grupo y subgrupo, con adscripción a un puesto de trabajo equivalente de similares características y funciones y respetando sus retribuciones de origen. En concreto, su transferencia/reasignación se realizaría en la plaza a crear que señala en el punto 3.

– Ricardo Fuertes Souto: como personal laboral indefinido, en un puesto de trabajo equivalente de similares características y funciones, respetando sus retribuciones de origen y toda vez que su categoría en la Mancomunidad es la de conductor, grupo IV. En concreto, su integración se realizaría en la plaza nº 1.05.09 de la plantilla (categoría: conductor palista; grupo convenio 4; jornada: 100; observaciones: carnet de conducir C) que se señala en el punto 3, llevándose las diferencias de retribuciones que resulten al concepto diferencias de convenio.

b) Aceptar que la integración de los trabajadores que le corresponde al Ayuntamiento se produzca en el momento en que queden amortizados sus puestos de trabajo en la Mancomunidad como consecuencia de la disolución de la misma, lo que se verificará mediante oficio del presidente de la Mancomunidad comunicando a los ayuntamientos que el acuerdo de disolución fue aprobado por la mayoría de los ayuntamientos mancomunados».

El Ayuntamiento de Salvaterra de Miño, en sesión plenaria de fecha 26 de noviembre de 2012, aprobó el acuerdo de «Disolución de la Mancomunidad de O Condado y aprobación inicial de la modificación de la plantilla». Por 8 votos a favor y 4 en contra acordó:

«Primero. Prestar aprobación a la disolución de la Mancomunidad de O Condado, en aplicación y a los efectos de cumplimiento del previsto en el artículo 143.1.c) de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia, debido a que, como se recoge en la motivación y acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de 25 de abril de 2012, la Mancomunidad de O Condado no realiza en la actualidad la prestación de servicios ni los fines para los que fue creada.

Segundo. 1) Aceptar la transferencia/reasignación del funcionario de la Mancomunidad que le correspondería al Ayuntamiento de Salvaterra de Miño de acuerdo con los acuerdos de la Junta de Mancomunidad de fecha 25 de abril de 2012, comprometiéndose el Ayuntamiento de Salvaterra de Miño a realizar la tramitación oportuna para esta integración con el siguiente detalle:

– Hermindo Castelo Castro, como funcionario propio del Ayuntamiento, respetando su escala, subescala, clase, grupo y subgrupo, con adscripción a un puesto de trabajo equivalente de similares características y funciones, respetando sus retribuciones de origen, así como el kilometraje, por ser lo acordado en la Mancomunidad con los representantes de los empleados públicos.

2) Aceptar que la integración del funcionario al Ayuntamiento se produzca en el momento en que queden amortizados sus puestos de trabajo en la Mancomunidad como consecuencia de la disolución de la misma, lo que se verificará mediante oficio del presidente de la Mancomunidad comunicando a los ayuntamientos que el acuerdo de disolución fue aprobado por la mayoría de los ayuntamientos mancomunados, siempre que en esa fecha esté en vigor la aprobación definitiva de la modificación de la plantilla que dé cobertura a esa plaza.

Tercero. Con el fin de dar cumplimiento a lo señalado en el anterior apartado segundo:

1) Aprobar inicialmente la siguiente modificación de la plantilla del Ayuntamiento:

– Creación de una plaza de funcionario de oficial barrenista «a amortizar», integrada en la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales, perteneciente al grupo C, subgrupo C2, nivel de complemento de destino 12 y con un complemento específico de 623,76 euros en 12 pagas.

2) Someter el expediente de modificación de la plantilla a información pública por plazo de 15 días hábiles, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

La modificación de la plantilla se considerará definitivamente aprobada si durante el citado plazo no se hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.

Cuarto. Dar cuenta a la comisión informativa de los asuntos comprendidos en el orden del día del Pleno, cumpliendo lo establecido en el artículo 126.2 del ROF».

El Ayuntamiento de Salceda de Caselas, en sesión plenaria de fecha 21 de diciembre de 2012, aprobó el acuerdo de «Disolución de la Mancomunidad del Condado y reasignación de los funcionarios Benjamín Pazos González y Antonio Freijanes Martínez, como funcionarios propios del Ayuntamiento, respetando su escala, subescala, clase, grupo y subgrupo, con adscripción a un puesto de trabajo equivalente de similares características y funciones respetando sus retribuciones de origen, debiendo iniciarse los trámites oportunos para llevar a cabo dicha reasignación».

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2013

José Norberto Uzal Tresandí
Director general de Administración Local