Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 478/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Gayoso Fernández contra Esabe Vigilancia, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
Que, estimando la demanda presentada por José Gayoso Fernández, representado por el letrado Sr. Fernández García, contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., que no compareció pese a estar citada en legal forma, debo condenar y condeno a la expresada empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de mil ciento dieciséis euros con cincuenta y seis céntimos (1.116,56), más el 10 % por mora.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación, por razón de la cuantía reclamada, que no supera los 3.000 euros.
Y para que sirva de notificación en forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.
Lugo, 5 de junio de 2013
El secretario judicial