El órgano instructor del procedimiento administrativo mencionado en el artículo 12.1 de la citada Resolución de 9 de abril de 2013, en adelante bases reguladoras, está analizando las solicitudes presentadas para las diversas tecnologías previstas en su anexo I (Normas por tecnología aplicada).
En una primera fase de revisión se identificaron varios expedientes que no reúnen alguno de los requisitos exigidos en las bases reguladoras, por lo que resulta procedente efectuar los oportunos requerimientos de enmienda referidos a las siguientes líneas de ayuda:
– Energía solar térmica (IN421A).
– Energía solar fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas aisladas (IN421B).
– Energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas (IN421C).
– Calderas de biomasa (IN421D).
El artículo 9.2 de las bases reguladoras, que regula la enmienda de solicitudes, dispone: «Tales requerimientos de enmienda serán notificados de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992; no obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.6.b) de dicha ley, se podrá sustituir la notificación individual por la publicación en el DOG y a través del tablón electrónico habilitado a estos efectos en la página web del Inega (www.inega.es), donde se establecerá el contenido pormenorizado del requerimiento que se hace. Podrá hacerse indicación expresa de que los siguientes actos administrativos del procedimiento serán notificados a través del citado tablón».
En virtud de lo anterior,
RESUELVO:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de aquellas solicitudes de ayuda ya revisadas que deben ser objeto de enmienda según se recoge en el anexo de esta resolución.
Segundo. Requerir a los solicitantes incluidos en dicho anexo para que, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se les indique en la información detallada del requerimiento disponible en el tablón electrónico, al que accederán a través de la aplicación informática habilitada para estas ayudas con el usuario y contraseña del solicitante, desde la página web del Instituto Energético de Galicia (www.inega.es), en el apartado «Ayudas a instalaciones energías renovables 2013».
Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1 de las bases reguladoras, en el supuesto de que no se atienda al requerimiento en el plazo indicado, o si la enmienda resulta incompleta o defectuosa, se tendrá por desistido en su petición al solicitante y se archivará el expediente, tras la correspondiente resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Santiago de Compostela, 17 de junio de 2013
Ángel Bernardo Tahoces
Director del Instituto Energético de Galicia
ANEXO
Solicitudes sujetas a enmienda de documentación
Grupo I: energía solar térmica
Código de solicitud |
Nombre/Razón social |
NIF |
IN421A/13R108 |
Nilo López Martínez |
76544016Q |
IN421A/13R309 |
Rodrigo Eduardo Ramos Ardá |
32597598C |
IN421A/13R333 |
Jesús García Barreiro |
76519312Z |
IN421A/13R376 |
María Josefa Ríos Luaces |
33802595R |
Grupo II: energía solar fotovoltaica aislada e instalaciones mixtas aisladas
Código de solicitud |
Nombre/Razón social |
NIF |
IN421B/13R60 |
María Lourdes González Meijome |
35290950A |
IN421B/13R64 |
José Anido Yáñez |
33822094L |
IN421B/13R75 |
Amalia Paleo Riveira |
33997387Y |
Grupo III: energía solar fotovoltaica no aislada e instalaciones mixtas no aisladas
Código de solicitud |
Nombre/Razón social |
NIF |
IN421C/13R190 |
Panadería Altamira, S.L. |
B36537124 |
IN421C/13R191 |
SAT Saa nº 1270 Xuga |
V36487320 |
IN421C/13R220 |
José Carlos Vales Fernández |
33252814N |
IN421C/13R221 |
María José Pardo Fandiño |
76350934L |
Grupo IV: calderas de biomasa
Código de solicitud |
Nombre/Razón social |
NIF |
IN421D/13R55 |
Jonatan Lechuga Maquieira |
35573671P |
IN421D/13R561 |
Balbina Miguélez Fernández |
10151544B |
IN421D/13R1050 |
Dolores Muñiz Almón |
44078676G |
IN421D/13R1096 |
Rosa Luaces Rodríguez |
34118967P |
IN421D/13R1172 |
Alberto Luis Torres Caldas |
35284487A |
IN421D/13R1196 |
Comunidad de propietarios Catasol 25 |
H27038330 |
IN421D/13R1250 |
Mario Gay Varela |
33319948D |
IN421D/13R1265 |
Rodolfo Rúa Cid |
34973541V |
IN421D/13R1314 |
Meijomin, S.L. |
B36527513 |
IN421D/13R1322 |
Casa Colmenares, S.L. |
B27323302 |
IN421D/13R1340 |
Maderas Masma, S.L. |
B27034727 |
IN421D/13R1377 |
Gerardo Chousa Díaz |
33835889Z |
IN421D/13R1387 |
Juan Luis Ríos Arnejo |
76355395H |
IN421D/13R1391 |
Integra Telecomunicación Seguridad y Control, S.A. |
A15776925 |
IN421D/13R1401 |
María José López Méndez |
45429213G |
IN421D/13R1402 |
María Consuelo Vázquez Carril |
33203438V |
IN421D/13R1405 |
Josefa Recarey Vázquez |
B15441744 |
IN421D/13R1421 |
Pilar Peréz Diz |
34727167L |
IN421D/13R1422 |
Ramón López Quintela |
76511944Y |
IN421D/13R1426 |
Emilia Martínez Martínez |
36016660V |
IN421D/13R1428 |
Marcos Nieves Salgado |
44451970P |
IN421D/13R1430 |
Iván Quintana López |
34262906J |
IN421D/13R1457 |
José Manuel Sánchez Romero |
78785896V |