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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Miércoles, 12 de junio de 2013 Pág. 22394

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 22 de mayo de 2013 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/105/2012, devuelta por el órgano notificador por resultar sus destinatarias ausentes en el reparto.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 2 de mayo de 2013, resolución por la que se declaran ilegalizables las obras realizadas en suelo de núcleo rural tradicional, sin licencia urbanística municipal, consistentes en ampliación de una segunda planta y cubierta sobre una edificación destinada a vivienda unifamiliar, en el lugar de Casaldálvaro, Valongo, en el ayuntamiento de Cortegada.

Al no haberse podido realizar la notificación personal de aquella resolución a Elvira Piño Núñez, en calidad de promotora, y a Serena Álvarez Piño, en calidad de heredera de Mario Álvarez Méndez, que también era promotor de las obras, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a las interesadas dicha resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se comunica a las interesadas que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, las interesadas pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 22 de mayo de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística