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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Viernes, 7 de junio de 2013 Pág. 21425

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CORRECCIÓN de errores. Edicto de 14 de febrero de 2013, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se resuelve el expediente de clasificación del monte Comunais da Granxa, a favor de los vecinos de A Granxa, parroquia de Vilar de Ordelles, en el municipio de Esgos.

El Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en su sesión de 8 de mayo de 2013, acordó estimar el recurso de reposición interpuesto por Ángel Ocón Villalón, contra la Resolución de 14 de febrero de 2013, por la que se clasificaba como vecinal en mano común el monte denominado Comunais da Granxa, en el municipio de Esgos, en que se declara que la parcela 289 del polígono 9 de dicho municipio (referencia catastral 32032 A 9002890000 JG), de la que es titular Ángel Ocón Villalón, linda con el MVMC Comunais da Granxa, por su lado oeste, camino en medio.

Por todo ello procede realizar la siguiente corrección de errores en el anuncio publicado en el Diario Oficial de Galicia núm. 44, de 4 de marzo de 2013:

En los lindes, donde dice:

«Oeste. Polígono 9, con las siguientes parcelas: 289 (Ángel Ocón Villalón)...»,

Debe decir:

«Oeste. Polígono 9, con las siguientes parcelas: 289, camino en medio (Ángel Ocón Villalón)...».

Contra esta resolución, que pone fin la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la citada Ley 13/1989, en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.