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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 106 Miércoles, 5 de junio de 2013 Pág. 20546

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 8 de mayo de 2013, de la Jefatura Territorial de Vigo, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes sancionadores incoados por infracción administrativa en el orden social (RL 2013/0047-4 y RL 2013/0065-4)

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se les notifica a las empresas relacionadas, las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores correspondientes.

Expediente: RL 2013/0047-4.

Acta: I362012000098214.

Empresa: Esabe Auxiliares, S.A.

NIF: A-83865873.

Dirección: c/ Cronos, 8, 3º, Madrid.

Materia: obstrucción.

Preceptos infringidos: artículo 50 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y artículos 11, 5 y 7 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre.

Preceptos sancionadores: artículos 50.2, 39 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Fecha de la resolución: 16.4.2013.

Resolución: multa de 3.125 €.

Expediente: RL 2013/0065-4.

Acta: I362012000086894.

Empresa: Esabe Vigilancia, S.A.

NIF: A-79183117.

Dirección: c/ Cronos, 8, 3º, Madrid.

Materia: obstrucción.

Preceptos infringidos: artículo 50 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y artículos 11, 5 y 7 de la Ley 42/1997, de 14 de noviembre.

Preceptos sancionadores: artículos 50.2, 39 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Fecha de la resolución: 16.4.2013.

Resolución: multa de 3.125 €.

Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes, contado desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se les advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberán abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrán solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda correspondiente.

Vigo, 8 de mayo de 2013

María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo