La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 14 de febrero de 2013, resolución por la que se impone una tercera multa coercitiva a Celina Santaeufemia Rodríguez y Roberto Valín Torres, como consecuencia de incumplir la Resolución de 13 de enero de 2010 por la que se ordena la demolición de las obras consistentes en la construcción de una edificación compuesta por varias plantas, en el lugar de Piúgos, en el término municipal de Lugo.
Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Pablo Caruezo Rodríguez (en representación de Celina Santaefemia Rodríguez y Roberto Valín Torres) mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a los interesados dicha resolución.
Teniendo en cuenta que el acto no se publica en su integridad, se le comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.
Contra esta resolución, los interesados pueden interponer recurso de reposición ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la LRJPAC, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2013
María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística