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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 101 Miércoles, 29 de mayo de 2013 Pág. 19037

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (490/2011).

Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 490/2011, a instancia de Ricardo Vilariño Rama contra la empresa Ferralla Lois, S.L., sobre reclamación de cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 2 de mayo de 2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Ricardo Vilariño Rama frente a Ferralla Lois, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Ferralla Lois, S.L. a abonar al actor la cantidad de ocho mil quinientos setenta y nueve euros con diez centimos de euro (8.579,10 euros). Devengando los conceptos salariales el interés moratorio previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los trabajadores.

– Se absuelve al Fogasa de las pretensiones frente a él ejercitadas.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Ferralla Lois, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 7 de mayo de 2013

La secretaria judicial
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