Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Martes, 28 de mayo de 2013 Pág. 18883

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Trabajo y Bienestar

CÉDULA de 30 de abril de 2013, de la Jefatura Territorial de Vigo, por la que se notifican las resoluciones de los expedientes sancionadores incoados por infracción administrativa en el orden social (RL 2003/0163-4 y RL 2009/0171-4).

Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, por la presente cédula se notifica a las empresas relacionadas, las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores correspondientes.

Expediente: RL 2003/0163-4.

Acta: 332/2003.

Empresa: Edificaciones Abalo y Ríos, S.L.

NIF: B-36188761.

Dirección: avenida Dr. Carús, 7, 2º E, Vilagarcía de Arousa.

Materia: seguridad y salud.

Preceptos infringidos: artículo 14 da Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y anexo IV, parte C, apartado 3.a) en relación con el artículo 11 del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre.

Preceptos sancionadores: artículos 12.16.b), 39.3.c) y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Fecha resolución: 23.4.2013.

Resolución: multa de 3.756,33 €.

Expediente: RL 2009/0171-4.

Acta: I362009000022293.

Empresa: Renova Servicios Empresariales, S.L.

NIF: B-36876100.

Dirección: c/ San Francisco, 35, 1º A, Vigo.

Materia: relaciones laborales.

Preceptos infringidos: artículo 43 de Estatuto de los trabajadores.

Preceptos sancionadores: artículos 8.2, 39 y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

Fecha resolución: 11.4.2013.

Resolución: multa de 6.251 €.

Se hace saber a los interesados que pueden formular recurso de alzada, ante el director general de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se les advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberán abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrán solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que, en otro caso, se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda.

Vigo, 30 de abril de 2013

María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo