Advertidos errores en dicha orden, publicada en el DOG núm. 88, de 8 de mayo de 2013, es necesario efectuar las siguientes correcciones:
– En la página 14994, artículo 12.2, tercera línea, donde dice:
«La puntuación máxima será de veinticinco puntos.».
Debe decir:
«La puntuación máxima será de veintiocho puntos.».
– En la página 14994, artículo 12.3, primer párrafo, donde dice:
«La primera fase se valorará de cero a veintidós puntos. La puntuación mínima exigida para pasar a la segunda fase es de siete puntos. La comisión de valoración examinará las solicitudes presentadas y evaluará los méritos acreditados documentalmente, conforme al siguiente baremo:».
Debe decir:
«La primera fase se valorará de cero a veinticinco puntos. La puntuación mínima exigida para pasar a la segunda fase es de nueve puntos. La comisión de valoración examinará las solicitudes presentadas y evaluará los méritos acreditados documentalmente, conforme al siguiente baremo:».
Esta corrección de errores no afecta al plazo de presentación de solicitudes establecido en la Orden de 23 de abril de 2013.