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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 93 Jueves, 16 de mayo de 2013 Pág. 17053

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Tributaria de Galicia

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2013, de la Dirección de la Agencia Tributaria de Galicia, por la que se somete a información pública el proyecto de orden por la que se regula la gestión, la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego.

Con la finalidad de regular diferentes aspectos de la modalidad electrónica de la tasa fiscal sobre el juego, la Agencia Tributaria de Galicia está elaborando el proyecto de orden por la que se regula la gestión, la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego.

Para esta modalidad del tributo la opción de cumplir las obligaciones tributarias de los sujetos pasivos de un modo electrónico viene establecida desde hace una década, y hay que remarcar la aceptación del procedimiento y el éxito de su funcionamiento, que permite en una única transacción la presentación de la autoliquidación de la tasa de todas las máquinas con autorización vigente a la fecha del devengo de cada año. Es preciso extender dicha posibilidad a lo largo de todo el año para el cumplimiento de las obligaciones tributarias también en los casos de reinicio de la explotación de la expedición de nuevas autorizaciones y para el caso de los canjes de las máquinas con modificaciones en sus características.

Esos motivos hacen necesaria la elaboración de una nueva orden que recoja la normativa, hoy dividida en dos órdenes, y que desarrolle los procedimientos electrónicos para la presentación de autoliquidaciones de cualquier carácter durante todo el año.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.3 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, cuando el contenido y la repercusión de la disposición lo aconsejen, esta será sometida a información pública. Asimismo, en el artículo 42.5 se prevé la posibilidad de abreviar el trámite de información pública hasta el mínimo de siete días hábiles cuando razones debidamente motivadas así lo justifiquen. En este caso se considera urgente, por el propio interés de los contribuyentes, que esta norma entre en vigor a la mayor brevedad.

En su virtud,

RESUELVO:

Someter a información pública, por un plazo de 7 días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución, el proyecto de orden por el que se regula la gestión, la presentación y el pago electrónico de la tasa fiscal sobre el juego realizado a través de máquinas de juego.

El proyecto de orden podrá consultarse en la página web de la Consellería de Hacienda: http://www.conselleriadefacenda.es/web/portal/disposicions

Las posibles alegaciones se presentarán durante el plazo señalado, dirigidas al director de la Agencia Tributaria de Galicia, en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 13 de mayo de 2013

Ulpiano L. Villanueva Rodríguez
Director de la Agencia Tributaria de Galicia