Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 544/2011, a instancia de Paula Morón Morón contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., sobre cantidad, en los que recayó sentencia de fecha 8 de abril de 2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:
Fallo.
Se estima la demanda interpuesta por Paula Morón Morón frente a Esabe Vigilancia, S.A. y, en consecuencia:
– Se condena a Esabe Vigilancia, S.A. a abonar a la actora la cantidad de mil ochocientos diecisiete euros con ochenta y un centimos de euro (1.817,17 euros).
Notifíquese la resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Esabe Vigilancia, S.A., expido y firmo el presente edicto.
A Coruña, 11 de abril de 2013
La secretaria judicial