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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 79 Miércoles, 24 de abril de 2013 Pág. 12823

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 8 de abril de 2013 por la que se da traslado de una orden de suspensión de obras devuelta por el servicio de Correos por resultar desconocido el domicilio de la destinataria (expediente IU2/29/2013-S1).

La Dirección de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó el 22 de marzo de 2013 una orden de suspensión de las obras de construcción de una vivienda unifamiliar, un muro de contención y un muro de cierre en el lugar de A Igrexa, en el término municipal de Gondomar, provincia de Pontevedra.

Al no poder realizarse la notificación personal de la orden de suspensión a María Luz Diego Fernández, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a la interesada dicha orden.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la interesada que el texto íntegro de la orden de suspensión que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercita su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y sirva de notificación a la citada interesada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 8 de abril de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística