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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Viernes, 12 de abril de 2013 Pág. 11038

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 25 de marzo de 2013 sobre la aprobación definitiva de la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento del Ayuntamiento de Maside para la delimitación del núcleo rural de A Casanova.

El Ayuntamiento de Maside eleva, para su aprobación definitiva, el expediente de la modificación puntual de las normas subsidiarias de planeamiento en la delimitación del núcleo rural de A Casanova, de conformidad con lo previsto en el artículo 85.7 de la LOUG, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Analizado el documento remitido por el ayuntamiento y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes.

1. El Ayuntamiento de Maside cuenta con unas normas subsidiarias de planeamiento municipal aprobadas definitivamente el 29.10.1985.

2. Constan informes técnico y jurídico municipales de fecha 31.8.2011; técnico de fecha 12.4.2012 y jurídico de fecha 16.4.2012.

3. La Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo emitió, en fecha 31.5.2012, informe previo a la aprobación inicial a los efectos establecidos en el artículo 85.1. en relación con el artículo 93.4. de la LOUG.

4. El Pleno del Ayuntamiento, tras los informes municipales jurídico y técnico de 10.8.2012, aprobó inicialmente la modificación puntual el 17 de agosto de 2012, y la sometió a información pública dos meses, mediante anuncios en los periódicos La Región y La Voz de Galicia del 24.8.2012, y en el DOG de 12.9.2012. Se dio audiencia a los ayuntamientos limítrofes de Amoeiro, O Carballiño, Punxín, San Cristovo de Cea y San Amaro.

5. El Pleno del Ayuntamiento aprobó provisionalmente modificación puntual en fecha 30 de enero de 2013.

6. En cumplimiento de la legislación sectorial vigente, constan los siguientes informes:

a) En el DOG de 12.3.2012 se hace pública la Decisión de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, de fecha 15 de febrero de 2012, sobre la no necesidad de someter la modificación puntual a evaluación ambiental estratégica.

b) En materia de aguas, constan informes favorables de la Subdirección General de Programación y Proyectos de Augas de Galicia y de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, de fecha 10 de enero de 2013.

c) Informe favorable de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento de fecha 26 de septiembre de 2012.

II. Análisis y consideraciones.

1. El ámbito de la actuación abarca una zona que se recoge como suelo no urbanizable en las normas subsidiarias de planeamiento en vigor, que incluyen edificaciones tradicionales a ambos márgenes de la carretera N-541 y una zona al sur de dicha carretera que alberga edificaciones de nueva construcción, en una situación próxima al suelo urbano de Maside.

2. El objeto de la modificación puntual consiste en la delimitación y ordenación del núcleo rural de A Casanova para la adaptación a la Ley 2/2010, de 25 de marzo, de medidas urgentes de modificación de la Ley 9/2002, conforme a lo establecido en el apartado e) de la disposición transitoria primera de la LOUG, en la búsqueda de reconocer la realidad construida en el asentamiento de A Casanova, ajustándose así a lo establecido en el artículo 94.1. de la LOUG.

De conformidad con los artículos 89 y 93.4 de la Ley 9/2002, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, y con el artículo 3 del Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal le corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

III. Resolución.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Primero. Otorgar la aprobación definitiva a la modificación puntual de las normas subsidiarais de planeamiento del Ayuntamiento de Maside, para la delimitación del núcleo A Casanova, de acuerdo artículo 85.7.a) de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Segundo. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Tercero. Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de marzo de 2013

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras