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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 66 Viernes, 5 de abril de 2013 Pág. 10047

III. Otras disposiciones

Consellería de Trabajo y Bienestar

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2013, de la Dirección General de Trabajo y Economía Social, por la que se ordena el registro, el depósito y la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acuerdo de la comisión paritaria del convenio colectivo de residencias privadas de la tercera edad, relativo a la aprobación de las tablas salariales para el año 2013.

Visto el acuerdo por el que se aprueban las tablas salariales para el año 2013, que suscribió la comisión paritaria del convenio colectivo de residencias privadas de la tercera edad, en la reunión de 18 de febrero de 2013, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, y en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

La Dirección General de Trabajo y Economía Social

ACUERDA:

Primero. Ordenar su registro y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Galicia, creado mediante Orden de 29 de octubre de 2010 (DOG nº 222, de 18 de noviembre).

Segundo. Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 12 de marzo de 2013

Odilo Martiñá Rodríguez
Director general de Trabajo y Economía Social

ANEXO
Acta de la reunión de la comisión paritaria del convenio colectivo de residencias privadas de la tercera edad

En Santiago de Compostela, a las once horas del día dieciocho de febrero de dos mil trece, en la sede del Consejo Gallego de Relaciones Laborales se reúnen las personas señaladas abajo.

– Representación empresarial:

Noelia Martínez González (ACOLLE).

Mª Celina Rey Diéguez (ACOLLE).

Lucía del Campo Redondo (AGARTE).

Tamar Hidalgo González (AGARTE, asesora).

José Mª Pazos Seco (AGARTE).

Eva María Jove González (AGARTE).

José Antonio Patiño Amboage (AGARTE).

– Representación social:

CIG:

Beatriz Larralde González.

Xabier Vázquez López.

Beatriz Martínez Vaamonde.

Verónica Boada López.

Mar Acosta Lacalle.

UGT-Galicia:

Javier Martínez Fente.

La cuestión objeto de la presente reunión es dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 5, denuncia y prórroga, del convenio colectivo de residencias privadas de la tercera edad.

La representación empresarial solicita a la parte sindical la apertura de un período de reflexión sobre las consecuencias de la aplicación del IPC en la situación en que las empresas se encuentran en la actualidad y propone acordar una alternativa que minimice el impacto del incremento que consta en el convenio.

La representación sindical rechaza la propuesta empresarial y solicita que se cumpla lo establecido en el artículo 5 del convenio.

Ante la postura expresada por la parte sindical, la parte empresarial acuerda, en estricto cumplimiento de lo establecido en el convenio, proceder a la firma de la revisión salarial de año 2013 con los incrementos establecidos de conformidad con el artículo 5 del convenio.

Tablas salariales 2013

Categorías profesionales

Salario base

Plus asistencia

Plus domingos

Festivos especiales

Grupo A 

Administrador/a

1.675,08 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Gerente, director/a

1.675,08 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Médico

1.395,90 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Técnico superior

1.395,90 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Grupo B

Supervisor, socio asistencial

1.116,67 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

ATS/DUE

1.116,67 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Trabajador/a social

1.116,67 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Fisioterapeuta

1.116,67 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Terapeuta ocupacional

1.116,67 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Titulado/a

1.116,67 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Grupo C

Gobernante/a

898,97 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Oficial de mantenimiento

898,97 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Oficial administrativo

898,97 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

TASOC

898,97 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Conductor/a

898,97 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Jardinero/a

898,97 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Grupo D

Gerocultor/a-auxiliar enfermería

898,97 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Cocinero/a

882,19 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Auxiliar de mantenimiento

882,19 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Auxiliar administrativo

882,19 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Camarero/a de planta

882,19 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Animador/a sociocultural

882,19 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Portero/a de recepción

882,19 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Grupo E

Lavand./planchador/a

818,83 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Auxiliar de cocina

818,83 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Limpiador/a

818,83 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Personal no cualificado

818,83 €

71,05 €

8,54 €

33,28 €

Finalmente, delegan en el personal habilitado del Consejo Gallego de Relaciones Laborales la realización de los trámites de depósito, registro y publicación de dichas tablas ante la autoridad laboral.

Y no teniendo más asuntos que tratar, finaliza la reunión a las catorce horas del día señalado en el encabezamiento y se extiende al efecto la presente acta, que firman todos los asistentes, en prueba de conformidad.