Vista la solicitud presentada por la Asociación de Exalcohólicos de Ferrolterra, con domicilio en Ferrol, a través de la que se insta su declaración de interés para la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de drogodependencias, y teniendo en cuenta los siguientes hechos:
Primero. La Asociación de Exalcohólicos de Ferrolterra desarrolla sus actividades en el territorio de la Comunidad Autónoma, llevando a cabo exclusivamente programas de prevención y tratamiento de conductas adictivas relacionadas, preferentemente, con el alcohol, el tabaco y otras adicciones.
Segundo. El funcionamiento de los programas desarrollados en los centros y servicios de los que es titular la citada entidad se inscribe en el actual Plan de trastornos adictivos de Galicia.
Tercero. Esta entidad figura inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas (en la actualidad Plan de trastornos adictivos de Galicia) con el número 2012/9.
Fundamentos de derecho.
Primero. El artículo 20.2 de la Ley 2/1996, de 8 de mayo, de Galicia sobre drogas, establece que la Xunta de Galicia podrá declarar de interés para la Comunidad Autónoma gallega a aquellas entidades sin ánimo de lucro que estén llevando a cabo programas o servicios en el ámbito de las distintas drogodependencias y cumplan los requisitos que reglamentariamente se establezcan.
Segundo. Asimismo, el Decreto 74/2002, de 28 de febrero, por el que se crea el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia sobre Drogas (en la actualidad Plan de trastornos adictivos de Galicia) y se regula el procedimiento para su declaración de interés, modificado por el Decreto 58/2005, de 24 de febrero, establece en su artículo 8 que la Xunta de Galicia, tras la solicitud de la interesada, podrá declarar de interés para la Comunidad Autónoma gallega, mediante orden de la Consellería de Sanidad, a las entidades sin ánimo de lucro inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras del Plan de Galicia de Galicia sobre Drogas (en la actualidad Plan de trastornos adictivos de Galicia). A estos efectos, dichas entidades deberán estar llevando a cabo exclusivamente programas o servicios en el campo de las drogodependencias, siempre y cuando se adecúen a los criterios y contenidos de los programas recogidos en el documento del Plan de Galicia sobre drogas vigente en cada momento.
En su virtud,
DISPONGO:
Declarar de interés para la Comunidad Autónoma gallega a la Asociación de Exalcohólicos de Ferrolterra.
Santiago de Compostela, 18 de marzo de 2013
Rocío Mosquera Álvarez
Conselleira de Sanidad