Con fecha 22 de febrero de 2013, la directora de la Agencia Gallega de Infraestructuras, por delegación del conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (Orden de 4 de febrero de 2013, Diario Oficial de Galicia de 20 de febrero), visto el informe del análisis de las alegaciones, resolvió lo siguiente:
Primero. Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el proyecto de trazado e impacto ambiental de la obra «Variante de Aradas en Santiago de Compostela. Clave AC/10/020.00», con las siguientes prescripciones y modificaciones, que son consecuencia del análisis efectuado de las alegaciones presentadas:
– Primera. Se corregirán las erratas e imprecisiones detectadas en las valoraciones de los bienes afectados en ciertas parcelas.
– Segunda. Se suprimirá la reposición del camino nº 7 del proyecto y se prolongará la reposición del camino nº 5.
– Tercera. Se suprimirá la reordenación viaria propuesta entre la Vía Nobel y la Vía de la Cierva, manteniendo el esquema del estado actual pero con radios de curvatura e isletas mejoradas.
– Cuarta. Se ampliará la sección del paso inferior de la reposición del camino nº 5 a 12 metros interiores.
– Quinta. Se modificará el número de carriles y, en consecuencia, el ancho del ramal noroeste de la CP-0701 desde la rotonda proyectada, reduciendo ocupaciones y permitiendo la incorporación de una acera de 1,80 metros en uno de los márgenes.
– Sexta. Se disminuirá la distancia de los caminos de servicio al tronco para minimizar la afección.
– Séptima. En fases posteriores se analizará con detalle la disposición de las pantallas acústicas, la necesidad de expropiación total de algunas parcelas, las necesidades de ocupación temporal, y demás aspectos alegados, pero que no tienen incidencia sobre la concepción del trazado.
Segundo. En las fases posteriores del proyecto y durante la ejecución de la obra, se cumplirán las prescripciones de la declaración de impacto ambiental formulada por la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental en su Resolución de 20 de julio de 2012.
Tercero. Según establece el artículo 15.3 de la Ley 4/1994, de 14 de septiembre, de carreteras de Galicia, se ordena la modificación o revisión del planeamiento urbanístico del ayuntamiento de Santiago de Compostela, afectado por el proyecto de trazado e impacto ambiental de la obra «Variante de Aradas en Santiago de Compostela. Clave AC/10/020.00», el cual deberá acomodarse a las determinaciones del proyecto de trazado en el plazo de un año desde su aprobación.
Cuarto. El proyecto de construcción que desarrolle el proyecto de trazado deberá ajustarse a las indicaciones recogidas en esta resolución.
Quinto. Asimismo, en la página web de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras (http://www.cmati.xunta.es/tema/c/Infraestruturas_Estradas), se pondrá a disposición de los interesados un documento con la planta del proyecto de trazado aprobado.
Sexto. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o bien recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santiago de Compostela, 25 de febrero de 2013
Ethel Vázquez Mourelle
Directora de la Agencia Gallega de Infraestructuras