Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 216/2011 a instancia de Antonio Ledo Casal contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 4 de febrero de 2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:
«Fallo.
Se estima la demanda interpuesta por Antonio Ledo Casal frente a Esabe Vigilancia, S.A. y, en consecuencia, se condena a Esabe Vigilancia, S.A. a abonar al actor la cantidad de mil setecientos cincuenta y cinco euros con dieciséis céntimos de euro (1.755,16 euros).
Notifíquese la resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Esabe Vigilancia, S.A. expido y firmo el presente edicto.
A Coruña, 18 de febrero de 2013
El secretario judicial