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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Lunes, 11 de marzo de 2013 Pág. 7188

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2013 por la que se convocan, en colaboración con la Secretaría General de Política Lingüística, los cursos de lenguaje administrativo gallego para el personal de la Administración autonómica de Galicia.

La Ley 3/1983, de normalización lingüística, recogiendo lo que disponen la Constitución española y el Estatuto de autonomía de Galicia, establece que el gallego es lengua oficial en Galicia. En consonancia con esto, les reconoce a los ciudadanos el derecho de usarlo, oralmente y por escrito, en sus relaciones con la Administración pública en el ámbito territorial de la comunidad autónoma. Además, para hacer efectivo ese derecho, les manda a los poderes públicos autonómicos que vayan capacitando, progresivamente, en el uso del gallego al personal que trabaja al servicio de la Administración pública y de las empresas de carácter público en Galicia.

Entre las funciones y competencias de la Secretaría General de Política Lingüística figura la promoción y la enseñanza de la lengua gallega, concretadas, además de en otros campos, en la coordinación de formación de lengua gallega dirigidos, entre otros colectivos, a los funcionarios públicos. La capacitación lingüística en gallego del personal al servicio de las administraciones públicas de Galicia también es uno de los fines de la Escuela Gallega de Administración Pública, según lo que establece la Ley 4/1987.

El Plan general de normalización de la lengua gallega, aprobado por unanimidad en el Parlamento de Galicia el día 22 de septiembre de 2004, contiene, entre otras, varias medidas dirigidas a la Administración y encaminadas a renovar la política lingüística con respecto al uso del gallego, adaptándola a los tiempos actuales, con el fin de equilibrar una situación social de desigualdad entre los dos idiomas, lo que exige medidas favorables al gallego para conseguir ese equilibrio. La estructura y el contenido de estos cursos los regula la Orden de 13 de junio de 2011 (DOG de 24 de junio).

Mediante acuerdos anuales entre la Secretaría General de Política Lingüística y la EGAP se establecen las condiciones por las que se regirá la colaboración entre ambos organismos para potenciar actividades de normalización del uso del gallego en la Administración autonómica, especialmente en el campo de la formación del personal al servicio de la Administración pública autonómica.

Por todo esto,

RESUELVO:

Convocar, en colaboración con la Secretaría General de Política Lingüística, los cursos de formación de lenguaje administrativo gallego para el año 2013, cuyas bases, características y contenido se detallan en el anexo de esta resolución.

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 2013

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

Anexo

Primero. Objeto

Se convocan, en colaboración con la Secretaría General de Política Lingüística, los siguientes cursos de lenguaje administrativo gallego: en la modalidad de teleformación, 11 ediciones de nivel medio y 12 de nivel superior; y en la modalidad presencial, 4 cursos de lenguaje administrativo gallego de nivel medio y 6 de lenguaje administrativo gallego de nivel superior.

El número de plazas por curso será de 30, tanto para la modalidad presencial como para la de teleformación.

Los cursos se desarrollarán en las fechas que se señalan en el siguiente cuadro:

Curso de lenguaje administrativo gallego de nivel medio

Localidad

Fechas

Horario

Horas

A Coruña

8 abril - 30 mayo

8.00 - 10.00

75

Pontevedra

8 abril - 30 mayo

8.00 - 10.00

75

Ourense

8 abril - 30 mayo

8.00 - 10.00

75

Santiago de Compostela

8 abril - 31 mayo

8.00 - 10.00

75

TF

8 abril - 2 junio

Teleformación

75

TF

8 abril - 2 junio

Teleformación

75

TF

8 abril - 2 junio

Teleformación

75

TF

8 abril - 2 junio

Teleformación

75

TF

8 abril - 2 junio

Teleformación

75

TF

8 abril - 2 junio

Teleformación

75

TF

2 septiembre - 27 octubre

Teleformación

75

TF

2 septiembre - 27 octubre

Teleformación

75

TF

2 septiembre - 27 octubre

Teleformación

75

TF

2 septiembre - 27 octubre

Teleformación

75

TF

2 septiembre - 27 octubre

Teleformación

75

Curso de lenguaje administrativo gallego de nivel superior

Localidad

Fechas

Horario

Horas

A Coruña

8 octubre - 28 noviembre

8.00 - 10.00

75

Lugo

8 abril - 30 mayo

8.00 - 10.00

75

Ourense

18 septiembre - 8 noviembre

8.00 - 10.00

75

Vigo

8 abril - 30 mayo

8.00 - 10.00

75

Santiago de Compostela

8 abril - 31 mayo

8.00 - 10.00

75

Santiago de Compostela

18 septiembre - 8 noviembre

8.00 - 10.00

75

TF

15 abril - 9 junio

Teleformación

75

TF

15 abril - 9 junio

Teleformación

75

TF

15 abril - 9 junio

Teleformación

75

TF

15 abril - 9 junio

Teleformación

75

TF

15 abril - 9 junio

Teleformación

75

TF

15 abril - 9 junio

Teleformación

75

TF

23 septiembre - 17 noviembre

Teleformación

75

TF

23 septiembre - 17 noviembre

Teleformación

75

TF

23 septiembre - 17 noviembre

Teleformación

75

TF

23 septiembre - 17 noviembre

Teleformación

75

TF

23 septiembre - 17 noviembre

Teleformación

75

TF

23 septiembre - 17 noviembre

Teleformación

75

Segundo. Requisitos de los participantes

a) Los cursos van dirigidos a los empleados públicos y a las empleadas públicas destinados en la Administración autonómica de Galicia y que se encuentren en situación de servicio activo, permiso por parto o maternidad, adopción o acogimiento o excedencia por el cuidado de un hijo o de un familiar. Se exceptúa el personal docente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y el personal sanitario, siempre que no desempeñen puestos en la Administración general.

Toda persona solicitante que al inicio del curso se encuentre en situación de baja laboral por incapacidad temporal quedará automáticamente excluida del listado del personal seleccionado.

b) Para solicitar los cursos de lenguaje administrativo gallego de nivel medio deberá haber aprobado o validado alguno de estos cursos: el Celga 4, los cursos de iniciación y perfeccionamiento de lengua gallega, el curso básico de lenguaje administrativo gallego, el curso básico para el personal de la Administración de justicia o el curso básico de lenguaje administrativo sanitario.

c) Para solicitar los cursos de lenguaje administrativo gallego de nivel superior deberá haber aprobado el curso medio de lenguaje administrativo gallego, el curso medio de lenguaje jurídico gallego o cualquiera de los cursos equivalentes a estos que se establecen en el punto 2 del artículo 5 de la Orden de 13 de junio de 2011 por la que se regulan los cursos de lenguaje administrativo y jurídico gallegos.

Tercero. Solicitudes

a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática en la página web de la EGAP
http://egap.xunta.es/matricula, no siendo admisibles otros modelos de solicitud. Se recomienda facilitar una cuenta de correo electrónico y un número de teléfono móvil para enviar mensajes a los solicitantes.

Sólo se podrá solicitar una edición por persona.

b) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.

c) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente los datos necesarios para realizar el proceso selectivo del alumnado, no se ajusten al formulario de solicitud o sean presentadas fuera de plazo.

d) Las personas solicitantes de cursos de lenguaje administrativo gallego que se impartan en la modalidad de teleformación deberán disponer de un equipo informático que cumpla los siguientes requisitos técnicos:

– Computador con conexión a internet.

– Cualquier navegador web con el plugin de flash.

– Cuenta de correo electrónico especificada en la solicitud.

– Micrófono.

e) Las solicitudes cubiertas adecuadamente se entenderán presentadas en la EGAP en la dirección de internet http://egap.xunta.es/matricula, una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

Junto con el formulario de solicitud se presentará la convalidación o certificación acreditativa de haber superado el nivel de conocimiento del idioma gallego para poder ser admitido en el curso que solicita (de acuerdo con lo especificado en el apartado 2.b) y c)).

En el caso de que los interesados necesiten presentar documentación complementaria que acredite circunstancias específicas de acuerdo con los criterios de selección, podrán remitir a la EGAP una copia del formulario de matrícula y dicha documentación por fax al número 981 54 63 39 o por correo electrónico a la dirección xestion.egap@xunta.es, sin perjuicio del derecho a la presentación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Dicha documentación deberá presentarse dentro del plazo al que hace referencia el apartado g) de la presente base.

f) Deberá utilizarse exclusivamente una de las modalidades de remisión. En el caso de encontrarse varias solicitudes de una misma persona sólo serán considerados los datos recibidos a través de internet.

g) El plazo de presentación de solicitudes comenzará a las 8.00 horas del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y terminará el 22 de marzo de 2013 a las 14.00 horas.

h) No está permitida la realización de cursos que tengan simultaneidad de horarios en una o en varias sesiones presenciales de las actividades. Cuando un alumno tenga conocimiento de que fue seleccionado para un curso que tenga coincidencia horaria con otro al que ya fue seleccionado, debe renunciar a uno de ellos. En el caso de que se compruebe con posterioridad la realización simultánea de varias actividades, no se expedirá certificación de ninguna de ellas y el alumno no podrá participar en otros cursos durante el plazo de un año desde que se detecte este hecho.

i) Las dudas, dificultades técnicas y solicitud de información serán atendidas por la EGAP a través del número de teléfono 981 54 62 57/981 54 62 46, el número de fax: 981 54 63 39 o dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.es. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.

Cuarto. Criterios de selección

a) Dado que el contenido del curso tiene relación directa con todos los puestos de trabajo, se aplicarán los criterios establecidos con carácter general en la Resolución de la Escuela Galega de Administración Pública de 4 de enero de 2008 (DOG de 10 de enero).

A efectos de lo previsto en el punto segundo de la citada resolución, el baremo que se empleará para la selección se establece sobre una base de 100 puntos, de los que el 60 % estará vinculado al número de horas de formación recibidas en los últimos dos años y el 40 % restante a la antigüedad en la Administración.

Los empates se desharán de acuerdo con el resultado del sorteo al que se refiere el artículo 9 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobado por el Decreto 95/1991, de 20 de marzo. Para el año 2013, según la Resolución de 15 de enero (DOG de 22 de enero), se comenzará por la letra X.

Tendrá preferencia en la selección efectuada para cada una de las localidades programadas el personal que tenga su puesto de trabajo en ellas.

b) En el caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que cumplan los requisitos en algún curso, podrá completarse el número de alumnos asignados a ellos mediante la apertura de un nuevo plazo público en la página web de la EGAP, con suficiente antelación para que tenga lugar una adecuada selección de las nuevas personas candidatas.

c) Para los cursos de nivel medio quedarán excluidas aquellas personas que estén en posesión de la certificación o diploma de los cursos equivalentes (de lenguaje administrativo, de lenguaje jurídico gallego y de lenguaje jurídico gallego para asesores jurídicos de la Xunta de Galicia) expedidos por la Escuela Gallega de Administración Pública u homologados por la Secretaría General de Política Lingüística, o por cualquiera de los certificados a los que se refiere la Orden de 13 de junio de 2011 (DOG de 24 de junio).

Quinto. Publicación de las relaciones del personal seleccionado

a) La EGAP publicará en su página web http://egap.xunta.es una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas.

El plazo de presentación de alegaciones será de tres días hábiles desde la publicación.

Además, para una mayor difusión, será informado de su selección a través del correo electrónico y mensajería telefónica quien facilite sus datos en la solicitud. Se entenderá que las personas que no figuren en la relación no fueron seleccionadas, bien porque ocupan un puesto más alejado en la lista de reservas o bien porque fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria, todo esto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

b) Transcurrido el plazo de alegaciones, la EGAP publicará en su página web
http://egap.xunta.es el listado definitivo de personas admitidas en el curso.

c) Una vez efectuada la programación de los cursos, la EGAP lo comunicará a la Secretaría General de Política Lingüística para la designación del profesorado y para la inclusión de la programación en la información sobre los cursos de gallego que se publica en la web www.xunta.es/linguagalega

d) El personal seleccionado sólo podrá renunciar al curso por causa de fuerza mayor suficientemente justificada, necesidad del servicio u otras causas justificadas siempre que así se acredite documentalmente.

Con el fin de cubrir la vacante la renuncia debe ser comunicada por escrito a la EGAP, mediante el modelo de renuncia publicado en su página web, por fax al número 981 54 63 39 o por correo electrónico a la dirección xestion.egap@xunta.es, con una antelación de 3 días hábiles anteriores al inicio del curso. De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 4 de enero de 2008, por la cual se hacen públicos los criterios de participación en las actividades docentes de la Escuela Gallega de Administración Pública, las personas seleccionadas que no comuniquen su inasistencia con antelación o abandonen el curso sin justificación pasarán al final del listado de admitidos y sólo accederán a las actividades, en que queden plazas vacantes, durante un año contado desde la realización del curso.

e) La persona seleccionada deberá comunicarle al responsable de su centro directivo la selección en la actividad en caso de coincidir con el horario de trabajo. En este supuesto la persona seleccionada deberá presentar al comienzo del curso, ante el responsable de la actividad formativa o ante la EGAP, la autorización del responsable del centro directivo. Este solo podrá negar la asistencia al curso por necesidades del servicio debidamente motivadas, que comunicará a la EGAP.

f) No serán admitidos en ningún caso cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

Sexto. Contenido y evaluación de los cursos

a) Los cursos tendrán una duración de 75 horas y en ellos se impartirán los contenidos señalados en la Orden de 13 de junio de 2011 (DOG de 24 de junio). En los cursos presenciales las 75 horas se distribuirán de la siguiente manera: 60 horas lectivas, con la obligada presencia de todo el alumnado en las aulas, y 15 horas de tutoría presencial, a las que podrán asistir, voluntariamente, aquellos alumnos y alumnas que quieran aclarar dudas sobre la realización del trabajo individual y obligatorio que cada uno/una tiene que presentar al final del curso.

b) La asistencia a las clases es obligatoria. La ausencia de cada uno de los asistentes no podrá ser superior al 10 % (6 horas) de las horas lectivas del curso.

c) Durante la celebración de las actividades formativas se llevará un control permanente de asistencias. Pueden realizarse controles de asistencia extraordinarios.

d) La evaluación que se efectúe en estos cursos será progresiva y continua, y tendrá en cuenta, entre otros elementos, el dominio de la materia, el trabajo diario en el aula, los trabajos teóricos y prácticos y la asistencia. Al final de cada curso se les otorgará a los asistentes que superaron las distintas fases de evaluación un certificado de aprovechamiento con la calificación de apto expedido de forma conjunta por la Secretaría General de Política Lingüística y por la EGAP.

e) Para poder superar los cursos de lenguaje administrativo de nivel medio o superior que se impartan en la modalidad de teleformación es necesario cumplir en su totalidad los siguientes requisitos obligatorios:

– Asistencia a la sesión presencial de apertura, si la hubiera.

– Adecuada realización de las actividades que el tutor o la tutora proponga. Éstas deben constar como presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso.

La no presentación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final presencial.

– Lectura detallada de los contenidos del curso. Cada curso tiene unos contenidos teóricos que deben ser revisados en la plataforma.

– El alumnado deberá realizar dos pruebas finales, una prueba escrita y otra oral, de carácter presencial, que tendrán lugar en las dependencias de la EGAP.

– Para tener derecho al diploma es necesario superar el conjunto de las partes, trabajo en la plataforma y pruebas finales, según el sistema de evaluación establecido por la Secretaría General de Política Lingüística, y cumplir los demás requisitos señalados con anterioridad.

– Fechas de realización de los exámenes: las pruebas de carácter presencial que se desarrollarán al final de los cursos de teleformación se celebrarán en las siguientes fechas:

• Para los cursos de lenguaje administrativo de nivel medio: el 15 de junio de 2013 (para las ediciones que se desarrollen del 8.4.2013 al 2.6.2013), y el 9 de noviembre de 2013 (para las ediciones que se desarrollen del 2.9.2013 al 27.10.2013).

• Para los cursos de lenguaje administrativo de nivel superior: el 22 de junio de 2013 (para las ediciones que se desarrollen del 15.4.2013 al 9.6.2013), y el 30 de noviembre de 2013 (para las ediciones que se desarrollen del 23.9.2013 al 17.11.2013).

Séptimo. Profesorado

La Secretaría General de Política Lingüística designará al profesorado encargado de impartir los cursos entre las personas que figuren en su lista de profesorado colaborador para impartir cursos de gallego.

Octavo. Normativa aplicable

Todas las actividades que se realicen en estos cursos se harán en gallego y se atendrán, en lo tocante a la normativa y al uso correcto del idioma (tal y como determina la disposición adicional de la Ley 3/1983, de normalización lingüística), a lo establecido por la Real Academia Gallega en la sesión plenaria de 12 de julio del año 2003. De la misma manera se acordará especialmente del respeto riguroso de la toponimia oficial en los temas previstos en el artículo 10 de la citada ley.

Noveno. Incidencias

a) La EGAP y la Secretaría General de Política Lingüística resolverán aquellas incidencias que puedan producirse en el desarrollo y la gestión de los cursos, y podrán suprimir alguno, ampliar nuevas ediciones de la programación o programar otros cursos diferentes cuando así venga exigido por circunstancias que le afecten a su organización o docencia. Le corresponde a la EGAP en colaboración con la Secretaría General de Política Lingüística proveer cuanto sea necesario para la ejecución y el cumplimiento de esta resolución.

b) La EGAP y la Secretaría General de Política Lingüística podrán modificar el desarrollo y los contenidos de los cursos, las fechas y los lugares, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

c) En el supuesto de que el número de admitidos sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y la Secretaría General de Política Lingüística se reservan el derecho a suspender, cancelar o agrupar varias ediciones de las actividades; en este caso se utilizarán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

d) La ejecución material de las acciones queda condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y disponible y a la autorización correspondiente del gasto.

e) Las reclamaciones presentadas en relación con la calificación otorgada en las actividades formativas serán objeto de estudio por una comisión técnica de evaluación, formada por el/la subdirector/a general de Política Lingüística, por el coordinador de los cursos de lenguajes específicos y por una lingüista de la Secretaría General de Política Lingüística. Los informes elaborados por la comisión le serán remitidos a la EGAP, que resolverá en consecuencia.