Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Viernes, 8 de marzo de 2013 Pág. 7103

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

CÉDULA de 22 de febrero de 2013, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se hace pública una notificación de resolución de recurso de alzada de expediente sancionador PESAN1 2012/000157-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), se notifica a la empresa que a continuación se relaciona la resolución de recurso de alzada del expediente instruido por infracción de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre.

La interesada dispone de un plazo de diez días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este edicto, para examinar el expediente e interponer, dentro del plazo que en cada caso se establezca, el recurso pertinente.

El expediente relacionado a continuación se encuentra a disposición del interesado en la citada Jefatura de Coordinación del Área del Mar-Vigo, c/ Concepción Arenal, 8, 4º piso.

Nº de expediente: PESAN1 2012/000157-5.

Denunciada: Grovense de Mejillones, S.A.

NIF: A36022408.

Dirección: Coviña do Mar, Rons, O Grove (Pontevedra).

Precepto infringido: 137.G.2, 137.G.10.

Sanción: 3929 euros.

Resolución: desestimado, confirmando la resolución recurrida.

De conformidad con lo previsto en la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 23 de noviembre de 2001 (DOG nº 235, de 5 de diciembre), el importe de dicha sanción deberá ser abonado en los plazos que establece el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, o de lo contrario se procederá, sin más trámite, a su cobro por la vía de apremio reglamentaria. Para el pago en período voluntario la interesada deberá recoger en dicha Jefatura de Coordinación de la Consellería del Medio Rural y del Mar el documento de ingreso correspondiente.

Si cumple los requisitos previstos en el artículo 151 de la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, podrá solicitar, en el plazo de un mes contado a partir de la firmeza de la presente resolución, la suspensión condicional de la ejecución de la sanción impuesta, mediante escrito motivado en el que manifieste el compromiso de atenerse a las condiciones que para su otorgamiento se establezcan, a fin de garantizar, durante el plazo de suspensión, un comportamiento de respeto a la normativa reguladora de la actividad pesquera.

Vigo, 22 de febrero de 2013

Gerardo Zugasti Enrique
Jefe territorial de Pontevedra