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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Viernes, 8 de marzo de 2013 Pág. 7042

II. Autoridades y personal

b) Nombramientos

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 18 de febrero de 2013 por la que se nombran vocales del Jurado de Expropiación de Galicia.

La Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, prevé, en su artículo 232, modificado por la Ley 15/2004, de 29 de diciembre, la creación del Jurado de Expropiación de Galicia como órgano colegiado permanente de nuestra Comunidad Autónoma especializado en los procedimientos para la fijación del justiprecio en la expropiación forzosa, cuando la Administración expropiante sea la Comunidad Autónoma o las entidades locales de su ámbito territorial.

Dicho precepto establece, entre otros extremos, la composición de este jurado, siendo desarrollado mediante el Reglamento de organización y funcionamiento del Jurado de Expropiación de Galicia, aprobado mediante Decreto 223/2005, de 16 de junio.

El artículo 4.7 de este reglamento establece respecto de la composición del jurado que distintos organismos, entidades y colegios profesionales propondrán, cada uno de ellos, un representante que actuará como vocal titular. Asimismo, queda prevista la designación, de la misma forma, de un vocal suplente que actuará en caso de vacante, ausencia, enfermedad o cualquier otra causa que imposibilite la asistencia de aquel titular.

El artículo 4.8, párrafo 2, de este reglamento establece que los vocales a los que se refiere el párrafo anterior podrán ser sustituidos por las entidades, organizaciones y asociaciones que los designase, y los así nombrados permanecerán en su cargo, como máximo, por el tiempo que le restase al sustituido para el cumplimiento de su mandato.

En virtud de la Orden de 21 de junio de 2010, por la que se nombran vocales del Jurado de Expropiación de Galicia (publicada en el DOG nº 125, de 2 de julio), se realizó el nombramiento de vocales, titulares y suplentes, en representación de varios de estos organismos y entidades. La Asociación y el Colegio Oficial de Ingenieros de Montes de Galicia, por el período que les corresponde por tiempo de mandato, envió solicitud de cambio de suplente del representante de la institución y de continuidad del representante del organismo/entidad mencionados.

Por todo esto,

DISPONGO:

Artículo único

Nombrar a las personas que se relacionan a continuación como vocales del Jurado de Expropiación de Galicia, en representación de la Asociación y el Colegio Oficial de Ingenieros de Montes de Galicia, según lo dispuesto en el artículo 4.2.f) del Decreto 223/ 2005, de 16 de junio.

Titular: Santiago Couceiro López.

Suplente: Juan Fernández Conti.

Santiago de Compostela, 18 de febrero de 2013

Agustín Hernández Fernández de Rojas
Conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras