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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Martes, 5 de marzo de 2013 Pág. 6417

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (790/2010).

María Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 790/2010, seguido a instancia de Fernando Montero Montenegro y otros contra Gefco España, S.A., Ayacucho Express y el Fogasa, sobre reclamacion de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el letrado Juan Ángel García Figueiras, en nombre y representación de Richard Sebastián Furtado Piñon, Fernando Montero Montenegro y Anibal Hector Taramasco Aguilar, contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, de fecha 3 de noviembre de 2009, dictada en autos número 331/2009, seguidos a instancia de los recurrentes contra las empresas Ayacucho Express, S.L. y Gefco España, S.A., y siendo parte el Fogasa, debemos confirmar y confirmamos íntegramente la resolución recurrida.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, haciéndoles saber que contra la misma sólo cabe recurso de casación para unificación de doctrina, que se preparará por escrito ante esta sala de lo social, dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta sentencia y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de jurisdicción social.

Si la recurrente no estuviere exenta de depósito y consignación para recurrir, deberá ingresar:

– La cantidad objeto de condena en la c/c de esta sala en el banco Banesto, nº 1552 0000 80 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

– El depósito de 600 euros en la c/c de esta sala nº 1552 0000 37 (nº recurso) (dos últimas cifras del año).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Ayacucho Express, con último domicilio conocido en c/ Juan Carlos I, nº 20, 4º B, Culleredo (A Coruña), con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 31 de enero de 2013

La secretaria judicial