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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 45 Martes, 5 de marzo de 2013 Pág. 6448

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 6 de febrero de 2013, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2013031AL-CO por infracciones en materia sanitaria.

En fecha 21 de enero de 2013, la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad dictó acuerdo de inicio del expediente sancionador 2013031AL-CO incoado a Jillali Lougzili Rida (Carnicería Zaid Halal).

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el apartado 5 del citado artículo, se notifica a Jillali Lougzili Rida (Carnicería Zaid Halal), el contenido del referido acuerdo que figura como anexo para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste al amparo de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 16 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante la jefatura territorial en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente depositado en las dependencias de la jefatura territorial, sita en la calle Gregorio Hernández, 2-4, A Coruña y a obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que, en el caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el citado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del citado Real decreto 1398/1993.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al/a la interesado/a, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

A Coruña, 6 de febrero de 2013

Emma Rego Valcarce
Jefa territorial de A Coruña

ANEXO

Nº de expediente: 2013031AL-CO.

Interesado/a: Jillali Lougzili Rida (Carnicería Zaid Halal).

DNI/NIF/CIF: 45905820M.

Última dirección conocida: calle Os Concheiros, 9, 15703 Santiago de Compostela.

Hecho/s imputado/s: infracción de la legislación aplicable en materia sanitaria.

Artículo/s infringido/s: Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública (BOE nº 240, de 5 de octubre), artículo 57.2.c), apartados 1 y 2.

Ley 17/2001, de 5 de julio, de seguridad alimentaria y nutrición (BOE nº 160, de 6 de julio); artículo 6, apartados 1 y 2; artículo 50.1.b) d) y e); artículo 51.1.

Reglamento (CE) 852/2004, de 29 de abril, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas específicas de higiene de los alimentos de origen animal (DOG nº 139, de 30 de abril de 2004; rectif. DOG nº 204, de 4 agosto de 2007), artículo 5, apartados 1 y 2 a), b), c), d), e), f), g); anexo II, capítulo I, capítulo V; capítulo VIII; capítulo IX; capítulo XII.

Real decreto 1376/2003, de 7 de noviembre, por el que se establecen las condiciones sanitarias de producción, almacenamiento y comercialización de carnes frescas y sus derivados en los establecimientos de comercio minorista (BOE nº 273, de 14 de noviembre), artículo 4.d), anexo, capítulo I.

Real decreto 1334/1999, de 31 de julio, sobre normas generales de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios, artículo 18.

Tipificación provisional: leve.

Sanción propuesta: 5.000 € (cinco mil euros).