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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 25 Martes, 5 de febrero de 2013 Pág. 3314

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 21 de enero de 2013 por la que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística IU2/31/2012.

La directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 28 de diciembre de 2012, dictó resolución por la que se declara que las obras consistentes en la construcción de una edificación de planta baja y un muro de cierre, en el lugar de Ouso da Torre, en el término municipal de Cambados, provincia de Pontevedra, no son legalizables y se ordena su demolición.

Al no poder realizarse la notificación personal de aquella resolución a los herederos de Edelmiro Rey Piñeiro, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (LRJPAC), se notifica a los interesados la citada resolución.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 61 de la LRJPAC, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la publicación de esta cédula, ante la directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 21 de enero de 2013

María Martínez Allegue
Directora de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística