Encarnación Mercedes Tubío Lariño, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 92/2011 a instancia de Mónica García Pérez contra la empresa Xuntanza Nosa, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, en los que recayó sentencia el 8.1.2013 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:
«Fallo:
Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Mónica García Pérez frente a Xuntanza Nosa, S.L. y, en consecuencia, se condena a la empresa Xuntanza Nosa, S.L. a abonar a la actora la cantidad de mil quinientos cincuenta y seis euros con cuarenta y ocho céntimos de euro (1.556,48 euros).
Notifíquese la resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña».
Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Xuntanza Nosa, S.L., expido y firmo la presente.
A Coruña, 14 de enero de 2013
La secretaria judicial