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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 9 Lunes, 14 de enero de 2013 Pág. 1107

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (18/2011).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 18/2011 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Susana Neu Pan, Valentín Iglesias Ordóñez, José Manuel Quintáns Rodríguez y María José Moares Rial contra la empresa Maite Rial Muebles, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 17 de diciembre de 2012.

Ana Rodríguez Piorno, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, en funciones de refuerzo, dictó la presente resolución en los autos de procedimiento sobre reclamación de cantidad 18/2011, siendo demandantes Susana Neu Pan, Valentín Iglesias Ordóñez, José Manuel Quintáns Rodríguez y María José Moares Rial, representados por el letrado Sr. Pena Díaz, y demandada la empresa Maite Rial Muebles, S.L., habiendo sido citado, de la misma manera, el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa).

Dispongo que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Susana Neu Pan, Valentín Iglesias Ordóñez, José Manuel Quintáns Rodríguez y María José Moares Rial contra la empresa Maite Rial Muebles, S.L. y, en consecuencia, condeno a esta última a abonar a Susana Neu Pan la cantidad de 7.730,09 euros, a Valentín Iglesias Ordóñez la suma de 7.363,75 euros, a José Manuel Quintáns Rodríguez la cifra de 7.363,75 euros y a María José Moares Rial el montante de 7.865,88 euros que les adeuda, cantidades que deberán incrementarse con el interés de mora del 10 % respecto de los conceptos de carácter estrictamente salarial.

No procede la condena del Fondo de Garantía Salarial en esta instancia, sin perjuicio de la responsabilidad que se le pueda imputar con posterioridad.

Notifíquese la presente sentencia a las partes.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá ser anunciado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Maite Rial Muebles, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y su colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 21 de diciembre de 2012

La secretaria judicial