Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE de 14 de enero), y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el apartado 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se notifica a la interesada el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de ella.
Asimismo, se le hace saber el derecho que la asiste para interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, así como, con anterioridad y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de esta publicación, ante esta jefatura territorial, todo esto de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situadas en la ronda de la Muralla, nº 70, bajo, en Lugo, y a obtener, en su caso, copia de este, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Lugo, 4 de diciembre de 2012
Marta Barreiro Castro
Jefa territorial de Lugo
ANEXO
Nº de expediente: TR345B 2008/380-2.
Nombre: Danilsa Isabel Polo Sánchez.
DNI/NIF: X3774356X.
Último domicilio conocido: calle Rosalía de Castro, 21, 27600 Sarria, Lugo.
Hecho imputado: no mantener en su cuadro de personal fijo a las personas trabajadoras subvencionadas al amparo de esta orden durante un período mínimo de 3 años.
Precepto infringido: artículo 16 de la Orden de 19 de mayo de 2008.
Contenido de la resolución: procedencia de reintegro.