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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 1 Miércoles, 2 de enero de 2013 Pág. 119

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 3 de diciembre de 2012, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se notifica el acuerdo de inicio del expediente sancionador 2012061TA-OU, incoado por infracciones en materia sanitaria.

Con fecha 17 de octubre de 2012, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad en Ourense acordó el inicio del expediente sancionador 2012061TA-OU, a Roberto Fernández Fernández, con DNI 44468721-S, con domicilio en calle Balorca, bloque 1-5º A, 32300 O Barco de Valdeorras (Ourense).

Intentada la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de la presente cédula, y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo, se notifica a Roberto Fernández Fernández, con DNI 44468721-S, con domicilio en calle Balorca, bloque 1-5º A, 32300 O Barco de Valdeorras (Ourense), el contenido del referido acuerdo de inicio, que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de él.

Asimismo, se le hace saber el derecho que lo asiste, según lo dispuesto en el número 1 del artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, para presentar alegaciones ante esta jefatura territorial en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de la presente cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, situada en la avda. de Zamora, nº 13, Ourense, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el apartado a) del artículo 35 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Se le advierte que, en caso de no efectuar alegaciones sobre el contenido de dicho acuerdo en el mencionado plazo, el acuerdo de inicio se considerará propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19 del Real decreto 1398/1993.

La presente cédula se expide para que conste y le sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Ourense, 3 de diciembre de 2012

María Villar Suárez
Jefa territorial de Ourense

ANEXO

1. Expediente sancionador: 2012061TA-OU.

Denunciado: Roberto Fernández Fernández.

Documento de identificación: 44468721-S.

Última dirección conocida: calle Balorca, bloque 1-5º A, 32300 O Barco de Valdeorras (Ourense).

Hecho imputado: infracción en materia sanitaria.

Precepto infringido: artículo 19.2.a) de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos de tabaco.

Tipificación: leve.

Sanción propuesta: treinta euros (30,00 €).