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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Miércoles, 19 de diciembre de 2012 Pág. 47217

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de O Porriño

EDICTO (113/2012).

Yolanda María Fernández Rodiño, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de O Porriño, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento JVB 113/12 seguido a instancia de Gas Natural SUR SDG, S.A. frente a Pedro Jiménez Borja se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Sentencia.

En O Porriño, 31 de mayo de 2012.

Vistos por mí, María del Mar Pais Bonamusa, jueza sustituta del Juzgado de Primera Instancia número 2 de O Porriño y su partido, los presentes autos de juicio verbal número 113/2012 en los que han sido partes, como demandante Gas Natural SUR SDG, S.A. representada por el procurador Sr. Diz Guedes y asistida del letrado Sr. Rodríguez-Vila, y como demandado Pedro Jiménez Borja, sobre juicio verbal, en virtud de las facultades que me confiere la Constitución dicto la siguiente sentencia:

Fallo que, estimando la demanda formulada por el procurador Sr. Diz Guedes, en nombre y representación de Gas Natural SUR SDG, S.A., frente a Pedro Jiménez Borja, declaro resuelto el contrato de suministro de gas para la vivienda sita en el Polígono de Torneiros, fase III, nº 20-1, 2º B, de O Porriño, declaro que el demandado está obligado a permitir la entrada en el domicilio en el que se presta el suministro a fin de que empleados de la demandante tomen lectura del contador de gas instalado y se proceda a la privación del suministro mediante desconexión y retirada del contador y, en su defecto, se librará mandamiento de entrada para que el día que se señale al efecto se constituya la comisión judicial en el mismo domicilio, asistida de la representación de la actora, a fin de que el personal técnico de ésta proceda a tomar lectura del contador de gas instalado y a la privación del suministro mediante desconexión y retirada del contador.

Asimismo, se condena al demando a abonar a la actora la cantidad de 1.708,79 euros (mil setecientos ocho euros con setenta y nueve céntimos) con los intereses legales correspondientes, así como aquella que resulte de la facturación comprendida entre la última lectura facturada de 10.397 m3 de gas (según consta en la factura de 5.1.2012, documento 17 reverso) y la lectura que se realice en el momento de la desconexión del contador, al precio de la tarifa vigente.

Las costas se imponen al demandado».

Y encontrándose dicho demandado, Pedro Jiménez Borja, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

O Porriño, 25 de septiembre de 2012

La secretaria judicial