El Decreto 52/2011, de 24 de marzo, por el que se establece la ordenación de apartamentos y viviendas turísticas en la Comunidad Autónoma de Galicia, recoge en la disposición transitoria segunda, para las viviendas vacacionales inscritas en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas, un plazo de seis meses para solicitar su clasificación como vivienda turística.
Este organismo efectuó el preceptivo trámite de audiencia al que hace referencia el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 12, de 14 de enero), respecto del cual los titulares de los establecimientos relacionados en el anexo no efectuaron alegación.
Por todo lo anteriormente expuesto la Secretaría General para el Turismo resuelve la cancelación en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de la Comunidad Autónoma Gallega de las viviendas vacacionales. Lo que se notifica a los titulares de las mismas, comunicándoles que contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la Secretaría General para el Turismo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, o directamente recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación en el Diario Oficial de Galicia.
A Coruña, 3 de diciembre de 2012
Mª Carmen Ramallal Molina
Jefa del Servicio de Turismo de A Coruña
ANEXO
Establecimiento: vivienda vacacional Fogar de Breogán.
Titular: Breogan Management, S.L.
Dirección: Ventosa, Covas.
Ayuntamiento: Ames.
Establecimiento: vivienda vacacional lugar de Saa.
Titular: Xaquín López Gómez.
Dirección: Saa, 7.
Ayuntamiento: Cedeira.
Establecimiento: vivienda vacacional Piso Eurohouse.
Titular: Turísticas Fisterra, S.C.
Dirección: Estorde.
Ayuntamiento: Cee.
Establecimiento: vivienda vacacional Playa de Quenxe II.
Titular: Protur Galicia, S.L.
Dirección: Quenxe, s/n.
Ayuntamiento: Corcubión.