El Pleno de la Diputación Provincial de Pontevedra, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el día 26 de octubre de 2012, acordó por unanimidad aceptar, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, la delegación que en materia de recursos locales realizó el Ayuntamiento de As Neves, por acuerdo del Pleno de fecha 24 de septiembre de 2012, y siguiendo lo establecido en los artículos 106.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y 7 del citado Real decreto legislativo 2/2004, para que la Diputación Provincial de Pontevedra ejerza las facultades de gestión, inspección, liquidación y recaudación de la tasa por distribución domiciliaria de agua.
La citada delegación será llevada a cabo por el Organismo Autónomo Provincial de Gestión de Recursos Locales (ORAL).
Lo que se hace público para general conocimiento.
Pontevedra, 15 de noviembre de 2012
Rafael Louzán Abal |
Carlos Cuadrado Romay |