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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Viernes, 7 de diciembre de 2012 Pág. 46023

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2012 por la que se convoca el IV Curso superior de formación del técnico en la Administración local.

La Escuela Gallega de Administración Pública, la Dirección General de Administración Local, la Federación Gallega de Municipios y Provincias y el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia organizan el presente curso con la intención de favorecer la formación específica de los técnicos de la Administración local, en las materias propias de este ámbito de trabajo.

El curso comenzó, con su primera edición, en el año 2007. Originalmente, el curso estaba dirigido exclusivamente a los ingenieros de caminos y a los alumnos de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de A Coruña. Sin embargo, los organizadores del curso, conscientes de que el trabajo municipal es interdisciplinar, consideraron conveniente abrir el curso a todo tipo de técnicos, especialmente a los funcionarios con habilitación de carácter nacional, puesto que la incorporación de personal responsable de las funciones públicas necesarias y reservadas aportará, sin duda, una nueva perspectiva al modo de tratar las materias del curso y logrará la interrelación entre todos los agentes del trabajo municipal.

De acuerdo con las funciones atribuidas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la Escuela, y por la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, la Escuela Gallega de Administración Pública convoca, en colaboración con la demarcación de Galicia del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, la Dirección General de Administración Local y la Federación Gallega de Municipios y Provincias, el IV Curso superior de formación del técnico de la Administración local.

Con carácter excepcional, los alumnos que hayan cursado las ediciones I y II del Curso de formación del ingeniero de caminos en la Administración local, organizados por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos y la Federación Gallega de Municipios y Provincias, podrán optar a la obtención del título del IV Curso superior de formación del técnico en la Administración local, teniendo en cuenta la similitud de sus contenidos y de conformidad con lo dispuesto en esta convocatoria.

Las bases de la convocatoria son las siguientes:

1. Objetivos.

El objetivo de este curso es dar una visión actualizada y completa, de los conocimientos necesarios para el desarrollo del trabajo del técnico en el ámbito de la Administración local.

Se busca afianzar los conocimientos de los técnicos que ya ejercen sus funciones en este sector, así como presentar de forma estructurada todas las materias que afectan al día a día de la Administración local.

2. Contenido.

Tema 1. Estructura organizativa del Estado y papel de las entidades locales (municipios y diputaciones).

Tema 2. La Ley 7/1985, reguladora de las bases del régimen local: competencias y deberes de las entidades locales.

Tema 3. Competencias, funciones y responsabilidades del técnico de obras municipal.

Tema 4. La Ley 30/2007, de contratos del sector público. El Real decreto legislativo 2/2000, sobre contratos de las administraciones públicas.

Tema 5. Responsabilidades patrimoniales de las administraciones públicas.

Tema 6. Legislación sobre prevención de riesgos laborales: responsabilidades de la Administración y de los técnicos municipales.

Tema 7. La Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común: procedimientos, redacción de informes, participación de los ciudadanos etc.

Tema 8. Legislaciones sectoriales con incidencia en las entidades locales (ordenación del territorio, carreteras, aguas, costas, puertos, patrimonio, medio ambiente y espacios protegidos etc.).

Tema 9. La Administración electrónica. Nuevas tecnologías al servicio de la Administración municipal: SIG, cartografía digital, fotografía aérea, información de satélites etc.

Tema 10. El marco legal de la ordenación del territorio y del urbanismo en Galicia.

Tema 11. Instrumentos de ordenación del territorio de ámbito autonómico: directrices de ordenación del territorio, Plan de ordenación del litoral.

Tema 12. El plan general municipal. Análisis técnico y análisis administrativo.

Tema 13. El desarrollo urbanístico. Los planes parciales, planes sectoriales y planes especiales.

Tema 14. Informes urbanísticos del plan general municipal y de los planes especiales.

Tema 15. Los proyectos de urbanización.

Tema 16. Los sistemas de gestión urbanística.

Tema 17. Los convenios urbanísticos.

Tema 18. Las licencias en el ámbito municipal.

Tema 19. La disciplina urbanística.

Tema 20. La evaluación ambiental de los planes.

Tema 21. La sostenibilidad y la protección del medio ambiente en el ámbito de las entidades locales.

Tema 22. Coordinación y aspectos prácticos de la planificación de infraestructuras y servicios con administraciones supramunicipales y entidades privadas.

Tema 23. La movilidad en el ámbito de la Administración local.

Tema 24. El proyecto de las infraestructuras de transporte: carreteras urbanas, calles, ferrocarriles urbanos y metropolitanos, estaciones de ferrocarril y autobuses, aparcamientos, intercambiadores etc.

Tema 25. El proyecto de los servicios urbanos municipales: abastecimiento, saneamiento, alumbrado público, control de tráfico, energía eléctrica, telecomunicaciones, distribución de gas, gestión de residuos sólidos etc.

Tema 26. Áreas industriales y áreas empresariales.

Tema 27. Los equipamientos y las dotaciones públicas.

Tema 28. El proyecto de los espacios libres (plazas, bordes fluviales, litoral, parques etc.).

Tema 29. Legislación sobre accesibilidad y su incidencia en la gestión municipal.

Tema 30. La gestión de los servicios municipales y la relación con las concesionarias. Análisis desde el punto de vista técnico y desde el punto de vista jurídico.

Tema 31. La gestión del patrimonio y los bienes municipales: adquisición, inventariado, cesión, enajenación etc.

Tema 32. Los proyectos de expropiación, asignación del valor del suelo y mutuos acuerdos.

3. Plazas: 50.

4. Destinatarios.

4.1. Veinticinco (25) plazas se reservan a:

4.1.1. Empleados públicos con habilitación de carácter nacional, empleados públicos de las administraciones públicas de Galicia, tanto autonómica como local y de las universidades del Sistema universitario de Galicia que cumplan los siguientes requisitos:

Pertenecer al grupo A (subgrupos A1 y A2) del personal funcionario, o a los grupos I y II del personal laboral.

Este curso se valorará con 1 punto a aquellos/as alumnos/as que fueran considerados aptos/as al finalizarlo y, por tanto, tengan derecho a certificado de aprovechamiento, siempre que cumplan los requisitos para la aplicación del establecido en la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen, de acuerdo con las comunidades autónomas, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración local, en cumplimiento del establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 10 de agosto de 1994, de la Resolución de 30 de noviembre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se corrigen errores de la Resolución de 26 de octubre de 1994 y conforme a lo establecido en el Decreto 49/2009, de 26 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/as funcionarios/as con habilitación de carácter estatal (DOG núm. 52, de 16 de marzo).

4.1.2. Profesionales que dispongan del título de doctorado, licenciatura, diplomatura, grado, arquitectura, ingeniería, arquitectura técnica o ingeniería técnica.

Se incluirán, también, en este grupo, a todas las personas contratadas por las administraciones públicas (por ejemplo, contrato de servicios), que reúnan los requisitos del párrafo anterior, y que no tengan la condición de empleados públicos.

4.2. Diez (10) plazas tienen como destinatarios a ingenieros de caminos colegiados en activo (incluidos los que sean empleados públicos).

4.3. Diez (10) plazas están reservadas para ingenieros de caminos colegiados en situación de desempleo.

4.4. Cinco (5) plazas se reservan a estudiantes de ingeniería de caminos, canales y puertos precolegiados.

En el caso de no llenarse en su totalidad el cupo de plazas reservadas en los puntos anteriores, éstas podrán cubrirse con el resto de los solicitantes, en el orden de preferencia siguiente:

a) Si no se cubren las plazas del punto 4.1, estas serán ocupadas por los solicitantes de los puntos 4.2, 4.3. y 4.4, por este orden.

b) En el caso de no cubrirse las plazas del punto 4.2, estas serán cubiertas por los solicitantes de los puntos 4.1.1, 4.1.2, 4.3 y 4.4, por este orden.

c) Si quedan vacantes plazas del punto 4.3, se cubrirán con los solicitantes de los puntos 4.2, 4.1.1, 4.1.2 y 4.4, por este orden.

d) Si no se cubren las plazas del punto 4.4, se ocuparán con los solicitantes de los puntos 4.2, 4.3, 4.1.1 y 4.1.2, por este orden.

4.5. Sin límite de plazas: los que superaran las ediciones I y II del Curso de formación de ingeniero de caminos en la Administración local.

5. Pago de la matrícula.

5.1. El importe de la matrícula será de novecientos euros (900 €) para todos aquellos solicitantes que cumplan las condiciones prescritas en el punto 4.1.1.

El importe anterior podrá hacerse efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60 % del total (540 €) se pagará al matricularse y el 40 % restante (360 €) se hará efectivo entre el 1 y el 15 de enero de 2013.

5.2. El importe de la matrícula será de mil doscientos euros (1.200 €) para los solicitantes incluidos en el punto 4.1.2.

El importe anterior podrá hacerse efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60 % del total (720 €) se pagará al matricularse y el 40 % restante (480 €) se hará efectivo entre el 1 y el 15 de enero de 2013.

5.3. El importe de la matrícula será de setecientos euros (700 €) para todos aquellos solicitantes que cumplan las condiciones prescritas en el punto 4.2.

El importe anterior podrá hacerse efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60 % del total (420 €) se pagará al matricularse y el 40 % restante (280 €), se hará efectivo entre el 1 y el 15 de enero de 2013.

5.4. El importe de la matrícula será de trescientos cincuenta euros (350 €) para todos aquellos solicitantes que cumplan las condiciones prescritas en los puntos 4.3 y 4.4.

El importe anterior podrá hacerse efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula o en dos plazos. En este último caso, el 60 % del total (210 €) se pagará al matricularse y el 40 % restante (140 €), se hará efectivo entre el 1 y el 15 de enero de 2013.

5.5. El importe de la matrícula será de cincuenta euros (50 €) para los solicitantes incluidos en el punto 4.5.

El importe anterior deberá hacerse efectivo en su totalidad en el momento de formalizar la matrícula.

La formalización de la matrícula y el pago de la misma (o, en su caso, del primer plazo) deberá efectuarse dentro de los 5 días siguientes a la comunicación por parte de la EGAP de la aceptación del alumno en el curso.

6. Forma de pago.

El pago de la matrícula se realizará a través del número de cuenta 2038 4009 58 6000059288, indicando en el concepto «Curso técnico Administración local».

No se devolverán las cantidades abonadas en concepto de matrícula, en el caso de renuncia o abandono una vez iniciado el curso.

7. Incumplimiento de los plazos de pago.

Las personas matriculadas que no hagan efectivo el importe total de los derechos de inscripción dentro de los plazos marcados para cada caso perderán su condición de alumnos de este curso y no tendrán derecho a la devolución de las cantidades ingresadas con anterioridad.

8. Plazo de inscripción y presentación de instancias.

El plazo de inscripción será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Para inscribirse, las personas interesadas deberán cubrir la instancia curricular que para esos efectos figurará en la página web de la EGAP, en la siguiente dirección:

http://egap.xunta.es/cursoTecnicoLocal

A las personas admitidas se les solicitará que presenten los siguientes documentos:

a) Para los que estén incluidos en el punto 4.1.1:

• Certificado expedido por el responsable de personal del organismo del que dependa el solicitante, en el que se indique la situación administrativa en el correspondiente cuerpo o escala, y que da acceso a este curso.

• Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

b) Para los que estén incluidos en el punto 4.1.2:

• Fotocopia de la titulación académica que da acceso a este curso.

• Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

c) Para los que estén incluidos en los puntos 4.2 y 4.3:

• Certificado de colegiación, emitido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, específico para la realización de este curso.

• Documentación acreditativa de los méritos incluidos en la instancia curricular.

• Documentación acreditativa de su situación laboral, si procede.

d) Para los que estén incluidos en el punto 4.4:

• Certificado expedido por el secretario de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de la Universidad de A Coruña, en el que se indique que está matriculado en el curso 2012-2013.

• Certificado de precolegiación, emitido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, específico para la realización de este curso.

e) Para los que estén incluidos en el punto 4.5:

• Certificado de tener superada alguna de las ediciones 1ª o 2ª del Curso de formación del ingeniero de caminos en la Administración local, emitido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos, específico para la realización de este curso.

Toda la documentación remitida por los solicitantes que no sea original tendrá que estar debidamente compulsada.

Podrá pedirse la aclaración en todo momento de los méritos presentados. Los méritos que se incluyan en la ficha curricular deberán estar convenientemente acreditados. La no presentación de los documentos acreditativos de los citados méritos dará lugar a la exclusión del curso del solicitante previamente seleccionado.

9. Criterios de selección.

Los participantes serán seleccionados por una comisión técnica independiente, designada al efecto, en la que participarán representantes de la Escuela Gallega de la Administración Pública, del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia y de la Federación Gallega de Municipios y Provincias, y cuya composición será publicada en el portal web de la EGAP. La comisión seleccionará a los candidatos con discrecionalidad técnica e independencia con respeto a los órganos directivos de las tres entidades mencionadas.

Los criterios selectivos para la admisión en este curso serán los siguientes:

a) Si los solicitantes están incluidos en los puntos 4.1, 4.2 y 4.3, puntuación máxima: 10 puntos:

– Por experiencia en un puesto de trabajo en la Administración o entidades adscritas: 0,1 puntos por mes completo trabajado, hasta un máximo de 4.

Las fechas de referencia, a efectos del cómputo del tiempo, serán las que figuren en la diligencia de toma de posesión y cese o en el certificado de vida laboral.

– Por experiencia en un puesto de trabajo relacionado directamente con la Administración: 0,1 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 2.

Esta experiencia podrá acreditarse mediante la presentación de un certificado de vida laboral y/o una relación de trabajos realizados con la Administración o entidades adscritas, expedido por el órgano competente.

– Por cursos que tengan puntuación acreditada según la Resolución de 26 de octubre de 1994, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se establecen, de acuerdo con las comunidades autónomas, los criterios de reconocimiento y valoración de los cursos de formación y perfeccionamiento de Administración local en cumplimiento de lo establecido en la Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas de 10 de agosto de 1994 (Boletín Oficial del Estado de 29 de diciembre), y según el Decreto 49/2009, de 16 de febrero, sobre el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia respecto de los/as funcionarios/as con habilitación. Máximo: 2 puntos.

– Por cursos específicos relacionados con el ejercicio de la profesión dentro de la Administración pública: hasta un máximo de 2 puntos.

• Por cursos de 20 a 80 horas: 0,10 puntos.

• Por cursos de 80 a 150 horas: 0,30 puntos.

• Por cursos de más de 150 horas: 0,50 puntos.

b) Si los solicitantes están incluidos en el punto 4.4. Puntuación máxima: 10 puntos.

– Por haber superado todas las materias correspondientes a los cursos 1º, 2º, 3º y 4º de la carrera de ingeniero de caminos, canales y puertos, 6 puntos.

– A nota media simple del expediente académico del alumno de la Universidad de A Coruña se valorará de manera lineal entre 0 y 2 puntos, correspondiéndole 2 puntos a la nota media simple más alta de los solicitantes y 0 puntos a la nota media simple más baja.

– Por haber realizado cursos específicos relacionados con el ejercicio de la profesión dentro de la Administración pública: hasta un máximo de 4 puntos.

• Por cursos de 20 a 80 horas: 0,20 puntos.

• Por cursos de 80 a 150 horas: 0,30 puntos.

• Por cursos de más de 150 horas: 0,50 puntos.

10. Publicación de la lista de seleccionados y plazo de presentación de alegaciones.

La lista de seleccionados se publicará en el tablón de anuncios y en la página web de la EGAP (http://egap.xunta.es). El plazo para la presentación de alegaciones será de tres días hábiles a partir de la fecha de publicación, todo esto de acuerdo con el dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

11. Lista de espera.

La comisión fijará una lista de espera por orden de preferencia en el proceso selectivo para cubrir las posibles vacantes de aquellas personas seleccionadas que causen baja antes del inicio del curso o en el transcurso de las primeras veinticuatro horas lectivas del curso. Las personas que no figuren en dicha lista de espera figuran en un puesto más alejado en la lista de reservas o fueron excluidas por alguna de las causas establecidas en las bases de la convocatoria.

12. Desarrollo.

El curso se desarrollará en el aula de formación del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia, en la plaza de la Milagrosa, núm. 2, entresuelo, en A Coruña, entre el 11 de enero de 2013 y el 11 de mayo de 2013.

Tendrá una duración de 120 horas, que se distribuirán la razón de ocho horas por semana, los viernes en horario de 16.00 a 20.30 horas y los sábados de 9.30 a 14.00 horas.

Durante el curso, los alumnos deberán presentar diversos trabajos en grupo, que se elaborarán bajo la dirección de los profesores durante el período docente.

Durante la realización de este curso se llevará a cabo un control permanente de la asistencia mediante los sistemas que se establezcan al efecto. Los alumnos tendrán que acreditar mediante su firma su asistencia a cada una de las sesiones académicas, tanto teóricas cómo prácticas. Las ausencias ocasionales del curso constarán como incidencias dentro de cada sesión para los efectos del cómputo correspondiente. Podrán realizarse también controles de asistencia extraordinarios en cualquier momento del desarrollo del curso.

Únicamente podrá autorizarse la ausencia por causas justificadas, pero bajo ningún concepto podrán superar éstas el 15 % de las horas lectivas. En este caso, se acreditará documentalmente ante el servicio competente de la EGAP o ante la persona responsable del curso, en un plazo máximo de diez (10) días después de producirse esta ausencia.

Los alumnos realizarán un trabajo final de curso, sobre una materia relacionada con la actividad convocada, cuya propuesta deberá ser aprobada previamente por el director académico.

Los alumnos que hayan cursado las ediciones I o II del Curso de formación del ingeniero de caminos en la Administración local, estarán exentos de asistir a las clases y de presentar los trabajos y grupo. Sí deberán realizar el trabajo final de curso.

13. Certificado de aprovechamiento.

La superación de este curso queda supeditada la que los alumnos acudan con regularidad al curso, con un porcentaje de asistencia del 85 % de las horas programadas, y también a que el trabajo llegue a una calidad mínima. Los participantes que no cumplan los requisitos serán excluidos y, como consecuencia, perderán todos sus derechos.

Además, para la superación de este curso y la obtención del certificado de aprovechamiento, los alumnos deberán presentar los trabajos en grupo, que se elaborarán bajo la dirección de los profesores durante el período docente, y el trabajo final de curso. Los trabajos finales serán objeto de exposición pública y serán evaluados por un tribunal designado al efecto.

El plazo de entrega del trabajo se fijará durante la realización del curso y les será comunicado a los alumnos. Si, tras la exposición pública del trabajo, el tribunal considera que no llega a una calidad mínima, el alumno deberá presentar de nuevo el trabajo en la fecha en la que la dirección del curso le indique (solamente se tendrán dos oportunidades para la presentación del trabajo ante el tribunal).

Los alumnos que hayan cursado las ediciones I o II del Curso de formación del ingeniero de caminos en la Administración local, para poder superar este curso, deberán realizar el trabajo final de curso, según las normas anteriores.

Al finalizar el curso, los alumnos obtendrán una calificación que será de no apto, apto o apto con mención. En estos dos últimos casos, esto se reflejará en un certificado de superación del curso que emitirá la EGAP. No se expedirán certificados de asistencia sin superar el curso.

14. Modificaciones e incidencias.

La EGAP se reserva la facultad de modificar el programa y de resolver las cuestiones que pudieran surgir en el desarrollo de este curso, así como la de cancelarlo, si el número de solicitudes no justificase su realización.

Le corresponde a la dirección del curso resolver las incidencias de carácter general que puedan producirse durante el desarrollo del mismo.

Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2012

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública