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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Viernes, 30 de noviembre de 2012 Pág. 45230

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (418/2010).

Mª Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento número 418/2010 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Lamas Traba, contra la empresa Rayosil Electricidad, S.L., Rayolid, S.A. y el Fogasa, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia el 23.10.2012 cuya parte dispositiva se adjunta:

«Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por José Manuel Lamas Traba contra Rayosil Electricidad, S.L., Rayolid, S.A. y el Fogasa, debo declarar y declaro que la norma convencional de aplicación a la relación laboral suscrita entre el actor y las mercantiles codemandadas es el convenio colectivo de siderometalurgia de la provincia de A Coruña y, asimismo, debo condenar y condeno conjunta y solidariamente a las entidades Rayosil Electricidad, S.L. y Rayolid, S.A. a abonar a José Manuel Lamas Traba la cantidad de 9.048,12 euros, más el 10 % de dicha cantidad por demora en su pago.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo».

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Rayosil Electricidad, S.L. y Rayolid, S.A., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 2012

El secretario judicial