Al amparo de la Instrucción 2/2011, de 12 de abril, para la aplicación de la disposición transitoria tercera de la Ley 2/2010, de 25 de marzo, de medidas urgentes de modificación de la Ley 9/2001, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia, se tramita a instancia de Forjados Santa Comba, S.L. el reconocimiento definitivo de la edificación (complejo industrial) con la actividad correspondiente de elaboración de artículos derivados del cemento y preparación de estructuras para cubiertas en obras civiles a situar en el paraje Braña Rica, Santa Comba, de acuerdo con la documentación técnica presentada, y cumpliendo lo dispuesto en el artículo 8.3 del Decreto 133/2008, de 12 de junio, en el que se regula la evaluación de incidencia ambiental, se somete a información pública por período de veinte días hábiles, con el fin de que durante el mismo (que comenzará a contar desde el día siguiente al de la última inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la provincia o en el DOG) las personas que se consideren afectadas de alguna manera por la actividad que se pretende instalar, puedan examinar el expediente en la Secretaría de este ayuntamiento y formular las reclamaciones u observaciones que se consideren oportunas.
Santa Comba, 19 de octubre de 2012
Antonio M. Landeira Gallardo
Alcalde