Por la Orden de 27 de diciembre de 2011 se establecen las bases y se convocan para el año 2012 las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural, al amparo del artículo 27 del Reglamento (CE) número 1698/2005 del Consejo, de 20 de septiembre de 2005, relativo a las ayudas al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), encuadradas en la medida 122 del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia para la etapa 2007-2013.
De acuerdo con el apartado 1º del artículo 10 de la Orden de 27 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural, en concurrencia competitiva, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2012, todas las resoluciones serán notificadas de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. De conformidad con lo establecido en el artículo 59.6º b) de la indicada ley, la notificación se realizará mediante la publicación en el Diario Oficial de Galicia, en el tablón de anuncios y en la página web de la Consellería del Medio Rural y del Mar. En esta publicación se especificará la fecha de la convocatoria, el beneficiario, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención otorgada, así como la indicación de las causas de la desestimación y se expresarán, además, los recursos que contra la resolución procedan, órgano administrativo o judicial ante el que deben presentarse y plazo para interponerlos.
Por otra parte, mediante la Orden de la Consellería del Medio Rural y del Mar, de 30 de marzo de 2012 (DOG nº 70, de 12 de abril), se delegó en el secretario general del Medio Rural y Montes la competencia para denegar las solicitudes de ayuda.
De acuerdo con lo expuesto, el día 19 de octubre de 2012 el secretario general del Medio Rural y Montes de la Consellería del Medio Rural y del Mar dictó la siguiente resolución de declaración de la denegación de las solicitudes de las ayudas presentadas por los interesados, al amparo de la Orden de 27 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural, en concurrencia competitiva, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2012.
Por todo lo anterior, resuelvo dar publicidad a dicha resolución del secretario general del Medio Rural y Montes de la Consellería del Medio Rural y del Mar del día 19 de octubre de 2012.
«Resolución de declaración de denegación de las solicitudes de las ayudas presentadas por los interesados, al amparo de la Orden de 27 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural, en concurrencia competitiva, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2012.
Antecedentes:
– Una vez llevada a cabo la tramitación de las solicitudes de las ayudas presentadas al amparo de la Orden de 27 de diciembre de 2011, los servicios provinciales de Montes propusieron la declaración de la denegación de aquellas solicitudes que incumplían los requisitos de la orden de ayudas.
Consideraciones legales o técnicas:
1. En la tramitación de estos expedientes se tuvo en cuenta la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, y la Orden de 27 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural, en concurrencia competitiva, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2012.
2. La Orden de 27 de diciembre de 2011 por la que establecen las bases reguladoras de las ayudas en concurrencia competitiva, para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2012, indica cuales son los requisitos y las condiciones para solicitar las ayudas.
3. Según el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, indicándole que si no lo hiciera se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que habrá de ser dictada en los términos previstos en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Por todo lo expuesto, vistas las disposiciones legales citadas y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia,
RESUELVO:
Declarar la denegación de las solicitudes de las ayudas presentadas por los interesados referidos en el anexo, al amparo de la Orden de 27 de diciembre de 2011 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural, en concurrencia competitiva, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del PDR de Galicia 2007-2013, y se convocan para el año 2012.
Dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra ellas podrán interponerse los siguientes recursos, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente:
a) Recurso potestativo de reposición ante la conselleira del Medio Rural y del Mar, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, según lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa».
Lo que se notifica a los efectos oportunos.
Santiago de Compostela, 19 de octubre de 2012
Tomás Fernández-Couto Juanas
Secretario general del Medio Rural y Montes
ANEXO
Expediente |
NIF |
Solicitante |
Motivo |
14150005/2012 |
XXXX2233D |
María del Carmen Pallas Tuset |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14150076/2012 |
XXXX9601E |
María Teresa Santos Martínez |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14150090/2012 |
XXXX7691E |
Mª Luz Silva Veiga |
El titular tiene otro expediente en el mismo ayuntamiento |
14150191/2012 |
XXXX0082T |
José López Fernández |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270023/2012 |
XXXX2497N |
Manuela Gómez Calderón |
Trabajos ya hechos según la documentación presentada después del requerimiento de subsanación |
14270273/2012 |
XXXX1683V |
Carlos Novoa Prado |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270320/2012 |
XXXX7182A |
Miguel Ángel Crecente Paz |
Se requiere la documentación a Miguel A. Crecente y la presenta a nombre de Carmen Paz Millares |
14270376/2012 |
XXXX46588 |
CMVMC Buixidoira e Trapa |
El titular tiene otro expediente: el 123/2012 |
14270507/2012 |
XXXX7314H |
María Dolores Torres Blanco |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270508/2012 |
XXXX8899A |
Sara Sánchez Torron |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270512/2012 |
XXXX3693M |
Jesús Boan Méndez |
El titular tiene otro expediente: el 236/12 |
14270513/2012 |
XXXX4755K |
Adolfo Penas Sánchez |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270547/2012 |
XXXX1652L |
María Josefa Pedrouzo Castro |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270556/2012 |
XXXX0709Q |
Jesús José Ríos Rubinos |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270559/2012 |
XXXX0373A |
María Carmen Pérez Álvarez |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270578/2012 |
XXXX0000I |
Diputación Provincial de Lugo |
Las actuaciones que solicita no son permitidas por la orden: pide desbroce de coníferas y no pide ninguna poda |
14270631/2012 |
XXXX5834H |
María Luisa Vázquez Fernández |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14270639/2012 |
XXXX33366 |
Agrupación Souto Rego da Brancha, Moreda |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270640/2012 |
XXXX33580 |
APP Monte A Valiña da Fonteira |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270641/2012 |
XXXX33648 |
Agrupación Regueiro das Cañotas |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270642/2012 |
XXXX33341 |
Agrupación Montes de Veiga |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270643/2012 |
XXXX33473 |
Agrupación da Petada, Eiriz |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270644/2012 |
XXXX33689 |
Agrupación Monte Forcón, Armesto |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270649/2012 |
XXXX3054M |
José Manuel Fernández Álvarez |
Solicita dos tipos de actuación: podas de coníferas y tratamiento silvícola en masas de eucalipto |
14270654/2012 |
XXXX33606 |
Agrupación As Taras de Mercurín |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270655/2012 |
XXXX33358 |
Agrupación Rego do Arroxo da Aiga |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270656/2012 |
XXXX33598 |
Agrupación O Castrín |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270657/2012 |
XXXX33069 |
Agrupación Becerral |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270658/2012 |
XXXX33374 |
Agrupación Dofial |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270660/2012 |
XXXX33457 |
Agrupación Montes Agranda |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270661/2012 |
XXXX33465 |
Agrupación Río de Donsal-Casares |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270663/2012 |
XXXX33671 |
Agrupación O Val da Costa |
Con la documentación obrante en el expediente presentada con la declaración jurada se deduce que la agrupación no estaba legalmente constituida antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes |
14270684/2012 |
XXXX3948C |
Alfonso Casanova Casado |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14320002/2012 |
XXXX56531 |
CMVMC Calvelo e Xocín |
Monte con convenio o consorcio (actuaciones en la superficie consorciada) |
14320019/2012 |
XXXX54254 |
CMVMC de Porqueirós |
Duplicidad del expediente |
14320023/2012 |
XXXX40996 |
CMVMC Leboreiron |
Montes superiores a 250 ha deben contar con un plan en el que se recoja la realización de los trabajos (monte > 250 ha sin plan de gestión) |
14320056/2012 |
XXXX96782 |
CMVMC Montes de Padrenda |
Subvencionado en años anteriores |
14320057/2012 |
XXXX26524 |
CMVMC Antasportas, A Vesada, As Costiñas e Feas |
Duplicidad del expediente |
14320068/2012 |
XXXX24917 |
CMVMC Picouto, Abeleda, Torrente, Veiga |
Monte con convenio o consorcio (actuaciones en la superficie consorciada) |
14320111/2012 |
XXXX43735 |
CMVMC Cardelle |
El titular tiene otro expediente en el mismo ayuntamiento |
14320116/2012 |
XXXX85282 |
CMVMC Serra do Quinxo-Lantemil |
Montes superiores a 250 ha deben contar con un plan en el que se recoja la realización de los trabajos (monte > 250 ha sin plan de gestión) |
14320133/2012 |
XXXX0794C |
Andrés González Estévez |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14320146/2012 |
XXXX17184 |
CMVMC Serra de Quinxo Olelas |
Montes superiores a 250 ha deben contar con un plan en el que se recoja la realización de los trabajos (monte > 250 ha sin plan de gestión) |
14320187/2012 |
XXXX02715 |
CMVMC de Pardeconde |
Montes superiores a 250 ha deben contar con un plan en el que se recoja la realización de los trabajos (monte > 250 ha sin plan de gestión) |
14320225/2012 |
XXXX12656 |
Comunidad de Montes Sampaio |
Montes superiores a 250 ha deben contar con un plan en el que se recoja la realización de los trabajos (monte > 250 ha sin plan de gestión) |
14320231/2012 |
XXXX20923 |
CMVMC de Berrande e Atrave |
Montes superiores a 250 ha deben contar con un plan en el que se recoja la realización de los trabajos (monte > 250 ha sin plan de gestión) |
14320233/2012 |
XXXX62596 |
CMVMC Farlanza |
Montes superiores a 250 ha deben contar con un plan en el que se recoja la realización de los trabajos (monte > 250 ha sin plan de gestión) |
14360014/2012 |
XXXX35418 |
CMVMC de Arén |
Junta rectora o censo caducado o no actualizado |
14360028/2012 |
XXXX98065 |
CMVMC de San Martín de Figueroa |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14360062/2012 |
XXXX41479 |
CMVMC de Parada |
Junta rectora o censo caducado o no actualizado |
14360077/2012 |
XXXX75511 |
CMVMC de Saiáns |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14360099/2012 |
XXXX48328 |
CMVMC de Lamas |
Trabajos no viables en la inspección de campo |
14360128/2012 |
XXXX88991 |
CMVMC de Praderrei |
Junta rectora o censo caducado o no actualizado |
14360148/2012 |
XXXX16227 |
CMVMC de Anzo |
Junta rectora o censo caducado o no actualizado |
14360235/2012 |
XXXX4951Q |
Laura Vázquez Diéguez |
No alcanza la superficie mínima de actuación |
14360261/2012 |
XXXX0169R |
María Dolores Munoz Sánchez-Roa |
El titular tiene otro expediente en el mismo ayuntamiento |
14360271/2012 |
XXXX4383X |
Julio César Flores González |
No alcanza la superficie mínima de actuación |