Intentada la notificación de la citada resolución según lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y no siendo posible su práctica, por medio de esta cédula y según lo dispuesto en el número 5 del referido artículo y lo establecido en el artículo 61 del mismo texto legal, se notifica a la interesada el contenido de la resolución que figura como anexo, para que pueda tener conocimiento de ella.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella la interesada puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Diario Oficial de Galicia, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de esta publicación, ante esta jefatura territorial, todo esto de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Se le recuerda también su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura territorial, sitas en la calle Salvador de Madariaga, nº 9-1º, en A Coruña, y a obtener, en su caso, copia de la resolución, según lo previsto en la letra a) del artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
A Coruña, 25 de octubre de 2012
Luis Alberto Álvarez Freijido
Jefe territorial de A Coruña
ANEXO
Nº de expediente: TR343A 2010/132-1.
Nombre o razón social: Alergia y Alimentación, S.L.
DNI/NIF: B94006186.
Último domicilio conocido: c/ Dr. Loureiro Crespo, 65-bajo, 36002 Pontevedra.
Fecha de la resolución: 27.7.2012.
Contenido de la resolución: declarar la procedencia de reintegro.